Mi columna en El Español de esta semana se titula «La privacidad como síntoma» (pdf), y comenta brevemente la sentencia del del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que acota el derecho a vigilar la actividad online de los trabajadores en horario laboral.
La sentencia corrige una decisión anterior del mismo tribunal que consideraba «no descabellado que un empleador quiera verificar que los trabajadores estén completando sus tareas profesionales durante las horas de trabajo”, y acota esa verificación al hecho de que el trabajador sea previamente avisado de esa vigilancia y a que la introducción por parte de un empresario de medidas para vigilar la correspondencia y otras comunicaciones de sus trabajadores vaya acompañada de «salvaguardas adecuadas y suficientes contra abusos», para evitar que «un empresario pueda plantearse reducir a cero la vida social privada en el lugar de trabajo».
¿Tiene sentido plantearse un ambiente de trabajo tan sujeto a vigilancia que elimine la posibilidad de que un trabajador utilice un medio como el correo electrónico, la mensajería instantánea o el teléfono para una comunicación de tipo personal? ¿De qué tipo de relaciones laborales estamos hablando, y qué sentido tienen en un entorno moderno? ¿Puede un directivo plantearse someter a sus trabajadores a la dinámica de un campo de concentración o una cárcel, a un panóptico en el que son vigilados en todo momento?
Las relaciones laborales son relaciones humanas, y como tales, tienen que estar sujetas a una proporcionalidad. Poner preventivamente a todos los trabajadores de una compañía bajo una vigilancia y monitorización constante es algo que tiene una difícil justificación, y que genera además una dinámica de trabajo que resulta, sin duda, muy poco atractiva. ¿Cómo puede plantearse una compañía atraer o retener talento si su dinámica de trabajo recuerda a la de una prisión de máxima seguridad? La tecnología permite establecer estructuras de vigilancia, podemos intentar monitorizar todas las comunicaciones electrónicas… pero la misma tecnología puede permitir también saltárselas: dos tercios de los trabajadores en la industria tecnológica norteamericana utilizan sistemáticamente una VPN en sus ordenadores portátiles o en sus dispositivos móviles, una práctica accesible y recomendable que permite mantener el secreto de nuestras comunicaciones a razonable buen recaudo.
Lo importante de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es que evita «el camino fácil» al que daba lugar la decisión anterior: ante la carta blanca que suponía, muchos directivos optaron por la monitorización permanente, una dinámica que implica, en efecto, la eliminación de toda expectativa de privacidad, pero que además, plantea un problema de ausencia de confianza. ¿Quiere eso decir que deberíamos pasar a no controlar nada? En absoluto: una cosa es no monitorizar exhaustivamente el uso, y otra no controlar el abuso. Pueden establecerse métricas que detecten comportamientos abusivos, pero que permitan sin problemas otras pautas normales y perfectamente aceptables, una conversación con un amigo, una llamada a casa, un correo para una gestión privada. Cada vez más, el control obsesivo de la productividad y la ausencia de distracciones se convierte en un absurdo conceptual característico de otras épocas: los trabajadores deben desarrollar su tarea en un ambiente de razonable confianza, de empoderamiento y de libertad. Si crees que tienes que ponerlos a todos bajo vigilancia, es que hay algo que, como directivo, estás haciendo muy mal, algo que va a tener cada vez menos sentido. Cuando sientes que te están espiando en todo momento no se puede trabajar a gusto. La empresa del futuro no es un campo de concentración, ni está dirigida por la Stasi. Es, decididamente, otra cosa.
This post is also available in English in my Medium page, “Surveillance in the workplace»
Si todo el mundo tiene smartphone. Los planes de datos son más que suficientes para cualquier comunicación normal.
Claro que no tiene sentido plantearse una relación laboral así, pero es que no va de eso.
Va de que si yo, como empleador, quiero despedirte a ti, que trabajas para mi, no tengo mas que aprovechar todos esos registros que tengo de tus comunicaciones para encontrar cualquier cosa que utilizar para conseguir un despido ventajoso.
No creo que ninguna empresa vaya a realizar una motorización en tiempo real de sus trabajadores, pero si es sencillo almacenar todas esas comunicaciones para un uso posterior.
La base de la sentencia del Tribunal es que NO se informó al empleado. La empresa tenía todo el derecho, (y en algun caso, incluso la obligación legal) de monitorizar el uso de sus sistemas informáticos.
Conozco algún software de monitorización en el que al empleado se le informa cada vez que inicia sesión que todo lo que haga va a ser grabado.
Yo conozco un caso de un empleado que se llevó una copia del fichero de clientes de la empresa en la que trabajaba en una memoria usb, y una semana después, abrió un negocio haciéndole la competencia a su anterior empleador y éste no tiene manera de demostrarlo.
Así que, resulta comprensible que las empresas controlen cada vez más el uso de sus sistemas informáticos.
¿Quieres tener expectativa de privacidad en tu puesto de trabajo?
Llévate tu teléfono móvil y llama o envía correos o mensajes desde ahí, pero no utilices el ordenador o el teléfono de la empresa para usos privados.
Quizás todavía no sea posible monitorizar toda la actividad de los trabajadores (cuando se levantan o hablan con otros o usan el móvil) pero seguramente pronto será posible y creo que habría que cortar de raíz esa posibilidad y que sea ilegal.
Los trabajadores de alta cualificación seguramente se pueden permitir el lujo de cambiar de empresa si se sienten controlados pero la mayoría no puede elegir.
«No podemos olvidar que por el lugar preponderante que ocupan los derechos fundamentales de las personas en nuestra Constitución, debe haber una necesidad real del empresario que justifique los controles, por ejemplo, sospechas fundadas de un posible incumplimiento.
En las actuaciones de vigilancia y control empresariales pueden quedar afectados derechos fundamentales de los trabajadores, especialmente los de los artículos 18 y 20.1 de la Constitución. Por esta razón, estas medidas de control deben pasar un juicio de proporcionalidad y cumplir tres requisitos: deben ser idóneas, necesarias y proporcionales, de forma que, si con una medida menos lesiva de los derechos fundamentales se pudiera alcanzar el mismo resultado, la medida utilizada por el empresario, se consideraría lesiva y nula».
Sarai Rodríguez González: «los climas hostiles en el trabajo disminuyen la productividad»
Yo me acuerdo del ejemplo de las pertenencias de un trabajador en una taquilla. Y se comparaba con el contenido del ordenador y/o email.
Pero, en la taquilla puedo guardar mi bolso y eso sí es propiedad privada, pero en el ordenador puedo guardar el ultimo proyecto de propiedad intelectual que NO es mío.
Debo adoptar medidas de protección de la propiedad privada? Si. En cada caso.
En mi portátil NO se puede entrar (Físicamente)… pero si es un ordenador propiedad de la empresa, su contenido es propiedad de la empresa. se invade tu privacidad mientras trabajas, monitorizando tu trabajo? O se invade tu privacidad al enviar un email privado con el Mail de la empresa? El Mail corporativo debe tener sus medidas de protección y seguimiento. porque todos sabemos que se tienen registros de los ordenadores conectados a una red corporativa. Sentir que te vigilan mientras trabajas no es agradable, y la excusa no puede ser la productividad, porque hay otros indicadores para medirla. pero si puede ser un indicador de mal uso, uso no autorizado o uso no integrado por la empresa.
De una forma u otra si eres jefe tienes que controlar a sus subordinados. Tienes que ver que cumplen con el trabajo que es razonable hacer en un horario laboral, a un ritmo normal, es decir con pausas para relajarse, ir al cuarto de baño e incluso charlar con otro compañero.
Igualmente tendrás que supervisar quien tiene acceso a material sensible de la compañía como puede ser ficheros de clientes de costes, de proveedores etc, y así como debes proteger las materias primas. productos intermedios y acabados, que produzcas, y eso obliga a algún tipo de control.
Pero hay que tener la debida flexibilidad si alguien se lleva el carrete del cello, el bolígrafo, o una cuantos folios, así como si utiliza la fotocopiadora para un trabajo de su niño. o habla por teléfono con su madre. Todos tenemos claro que es lo admisible y que es el abuso en estas materias.
El problema es que muchos empresarios siguen midiendo el rendimiento por las horas en que se pasa el empleado en la silla sin levantar cabeza,, cuando evidentemente. es mas sencillo rentable y cómodo para todos, marcar unos objetivos racionales a realizar y dejar que cada cual los realice como mejor le parezca, eso si, buscando la forma de coordinar su trabajo con el de otros que también intervienen en el mismo asunto. No es lo mismo, el trabajo de un vendedor que el de quien trabaja en cadena.por tanto lo que se puede permitir a uno no se puede permitir a otro.
En general la gente es mas razonable y menos abusona de lo que se opina. En mi larga experiencia laboral, he visto abusar a más empresas de sus empleados, que empleados que actúan abusivamente en el trabajo. Aunque haberlos haylos,por supuesto no por ser empleado voy a defender con motivo o sin el a la «clase trabajadora»…
Como todo, parece que este artículo, y la sentencia está dirigida sólo a un sector de la población, ¿en las cadenas de montaje se da esta situación?, no, y ¿por qué razón los trabajadores de cuello blanco, pueden tener unas prebendas que otros no?.
En las empresas hay de todo, empresarios que quieren proteger su negocio en el que invierten su patrimonio, y empresarios que les da lo mismo por que les importa poco su negocio, pero de los primeros seguro que la mayoría a los empleados que cumplen les permiten ciertas libertades .
También aquellos que sin tener grandes obligaciones como empresarios, son profesionales liberales, articulistas, gurús que no tienen a mucha gente en plantilla, etc., que tienen una opinión mucho más laxa.
Hay trabajadores muy competentes y cumplidores y los hay que se buscan la vida.
cuántas veces he escuchado en charlas en un restaurante del tipo: estaba viendo la vuelta ciclista y cuando venía el jefe cambiaba la pantalla, o quien se dedica a contratar todas sus vacaciones durante el horario de trabajo, sin pedir permiso para ello, y no hablo de 10 minutos. Las estadísticas dicen que las horas de mayor actividad en la compra de billetes de viaje y vacaciones, o compras en internet es en horario de jornada laboral, seguro que hay de todo, desde casa o desde el trabajo.
No es tan fácil como decir que hay que tener tiempo para la vida social durante la jornada labora, hay jornadas de 7 u 8 horas que permiten estar libre a las 5 ó las 6 de la tarde.
¿Verdad que nadie se plantea y que sea legal decirle al empleado que igual que le dedica tiempo a sus temas personales en la empresa haga lo mismo en su horario?.
En fin que espabilados hay muchos, y el sentido común en un país como España, es un bien escaso en un lado como en el otro.