La pena de vergüenza pública, en el siglo XXI

Public shamingLa pena de vergüenza o humillación pública se aplicaba de manera muy frecuente en la edad media y en otros momentos de la historia, y consistía en la exposición del reo ante todo el pueblo de maneras ridículas o mientras se le aplicaba algún castigo adicional. Su uso fue muy común en los Estados Unidos durante el siglo XIX, cayó en desuso a lo largo del XX, y ha vuelto a ser utilizado ocasionalmente a principios del XXI por algunos jueces para determinados delitos como conducción bajo los efectos del alcohol, bullying, fraude y otros en los que se intenta generar un estado de consciencia u opinión.

Una compañía de televisión por cable canadiense ha decidido empezar a exponer públicamente en su página de Facebook los nombres de aquellos clientes que tenían facturas impagadas, con importes que oscilan entre los 94,25 y los 1406,80 dólares canadienses (entre los 65 y los 967 euros). La iniciativa, que sigue a otros intentos de la compañía de reclamar sus deudas a esos clientes, fue llevada a cabo por una empleada que afirma que la exposición pública es la mejor manera de conseguir que los clientes deudores terminen por pagar, y que consultó con abogados antes de hacerlo para asegurarse de que no contravenía ninguna ley.

La Oficina del Comisionado de Privacidad canadiense, no obstante, ha conminado a la compañía a que eliminase la entrada, y aunque la compañía ha accedido a ello, ha sido fuertemente criticada por la falta de ética que supone la exposición de una información que se supone debe quedar entre el prestador de servicios y el receptor de los mismos. Obviamente, si una persona no puede pagar sus facturas por las razones que sea, la exposición pública de su nombre en un entorno como Facebook, aunque se pueda discutir su legalidad y pueda en efecto terminar llevando al pago de la deuda, no parece la mejor manera de ayudarla.

¿Tiene una compañía derecho a reclamar el pago de una deuda exponiendo en público el nombre del deudor? En España, el estado reclama el pago de determinadas deudas mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo cual en numerosos casos, cuando se trata de usuarios que no tienen una presencia púbica habitual, se convierte en el primer resultado que aparece al buscar su nombre en la web. Las compañías en general ya han aceptado y se han acostumbrado a ver su nombre y su reputación dañada públicamente en las redes sociales cada vez que tienen algún problema en sus productos o en la prestación de sus servicios, y los usuarios parecemos haber aceptado sin problemas que sea así. ¿Debe ser comparable la protección que recibe una persona frente a la que recibe una compañía?

En un entorno en el que esa exposición pública puede ser llevada a cabo por prácticamente cualquiera simplemente tecleando la identidad del deudor, los detalles de la deuda y dándole al botón de publicar en una herramienta sencilla y con alcance, las posibilidades de que este tipo de represalias se lleven a cabo se hacen mucho mayores. ¿Debe prevalecer el derecho de obtención del pago de la deuda, o el derecho a la privacidad del deudor? ¿Se convertirán este tipo de casos en habituales, en una especie de pena de vergüenza pública ejecutada con los medios del siglo XXI?

 

This article is also available in English in my Medium page, “Shame: still a powerful weapon in the 21st century«

 

7 comentarios

  • #001
    Gorki - 6 diciembre 2015 - 15:42

    En mi opinión los contenciosos entre ciudadanos deben ser solventados por la Justicia. Ella es, la que puede y debe, dar la razón a quien corresponda en un contencioso entre dos particulares. Supongamos que quien no paga, es porque por un error se le extendió una factura, por un servicio que no ha recibido, Cuando se aclare todo. ¿cómo se repone su honor?.

    En España algo parecido se llama «El Cobrador del Frac» y en mi opinión las empresas que utilizan este servicio, ellas mismas se señalan como indeseables.

    El problema en Canadá y en España, es que para una factura de 250€, no puedes ir a un tribunal, porque los costes superan con mucho ese importe y además, posiblemente de ganar el juicio los cobres pasados ocho o diez años. Pero lo que habrá que solucionar aquí y en Canadá es el funcionamiento de la Justicia, no facilitar que dada cual se tome la justicia por su mano.

  • #002
    Jose Ramón Moratalla - 6 diciembre 2015 - 16:09

    La pena de humillación pública vía redes sociales no sólo cabe circunscribirse a supuestos de incumplimiento contractual o impagos de deudas, sino que también puede dar acogida a un amplio repertorio de críticas, reproches y denuncias. Sin lugar a dudas la cuestión que subyace es la necesidad de gestionar la conciencia contestataria, y ello en las organizaciones todavía resulta aún más apremiante como lo he expuesto en este post http://www.lawyerpress.com/blogs/LPe_JR_Moratalla_30.html

    • Gorki - 6 diciembre 2015 - 20:51

      En el caso que presentas de del contencioso Efeso(Vulcano) vs Afrodita(Venus)-Ares(Apolo), la mitología cuenta que todos se rieron, como tu dices, pero no de Afrodita y Ares pillados haciendo el amor, sino de Efeso, pues era tan feo, que todos comprendían que Afrodita, (a la que por cierto Júpiter había obligado a casarse con Efeso, como pago del Rayo que le hizo Efeso), se la pegara con Ares, que era en cambio muy bello.

      Este es el riesgo, pones a uno en la picota, y puede que en vez de la gente se vuelva contra él se revuelvan contra ti, y quedes como Efeso, «cornudo y apaleado», como por otra parte. parece que ha ocurrido en Canadá.

      Sigo opinando, que quien tiene que dar la razón en estos casos, no es el pueblo, sino el juez, y que si quieres tomarte la justicia por tu mano, es mas útil que llames a la Mafia y que le rompan un pierna, que este tipo de acciones que no se pueden controlar…

      • Sr Eduar - 2 enero 2016 - 10:07

        Permitame Gorki, enmendar dos pequeños detalles en su referencia mitológica, sin mas animo que atajar la difusión de errores que este legado merece. En español el Dios griego de la forja es llamado Hefesto, y a veces Hefaistos; (Efeso era una ciudad de Asia Menor, cuna, entre otros de Heraclito) Ares, dios griego de la guerra, se corresponde con Marte. Saludos

  • #005
    Antonio - 6 diciembre 2015 - 17:24

    Si no he leido mal es una empresa de televisión por cable. ¿Desde cuando esas empresas dejan impagos por valor de 1000 y pico dolares, euros o la que sea. Si lo ha hecho es porque ha querido, o sea que no se queje después. Tiempo ha tenido de cortarle la señal.

  • #006
    acerswap - 8 diciembre 2015 - 03:31

    La clara diferencia es que cuando un condenado terminaba su pena de escarnio publico, su humillacion no duraba mas tiempo que el que tardaba en aparecer otra persona en la picota, o el que la fragil memoria de sus vecinos permitia. Internet tiene memoria, y Google tambien. Ese castigo para una persona se convierte en permanente en la red y si bien una compañia aparece mil veces en la red y su reputacion sube o baja, un individuo no ve su integridad publica restaurada u olvidada.

    Las leyes limitan los ficheros con antecedentes de las personas a un determinado periodo de tiempo. ¿Por que rechazar el derecho al olvido?

  • #007
    Anonimo - 10 diciembre 2015 - 15:24

    En España sería imposible, o posible pero muy sancionable.

    Es una cesión de datos a terceros, además, de manera masiva. Para la AEPD eso es falta muy grave, es decir de 40.000 a 300.000€. Si uno solo de los afectados en España, presentara denuncia le saldría muy cara la «humillación».

    Aviso a navegantes >> esta falta grave tambien es cuando uno mete en el correo en CC: o Para: a tropecientos:
    http://www.lavanguardia.com/internet/20100709/53959370636/hasta-3-000-euros-de-multa-por-olvidar-poner-los-e-mails-en-copia-oculta.html

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