El caso Aereo es, sin duda, uno de esos juicios con potencial importancia histórica y consecuencias de todo tipo sobre el entorno tecnológico y la innovación, además de uno de los que más cobertura está recibiendo en todos los ámbitos en los Estados Unidos, desde el puramente mediático hasta el judicial. Un caso que podría impactar de manera determinante cómo vemos la televisión o el futuro de los actuales jugadores en esa industria, pero también, y de manera muy amplia, la compleja relación entre innovación y derechos de autor, o incluso el desarrollo futuro de la tecnología.
¿Qué es Aereo, y cómo ha llegado hasta el Tribunal Supremo de los Estados Unidos? Aereo ofrece un sistema que consiste en la instalación remota de una micro-antena para cada usuario que es gestionada por la compañía, acompañada de una oferta de espacio de almacenamiento para grabar programas y una serie de aplicaciones para que cada usuario pueda ver o solicitar grabaciones del contenido desde cualquier dispositivo. La compañía, dirigida por Chet Kanojia y apoyada entre otros por el mediático Barry Diller, ha obtenido casi cien millones de dólares en financiación, ofrece por el momento servicio en nueve áreas metropolitanas de los Estados Unidos, y tiene anunciados planes de expansión a bastantes más.
Según la ley, la explotación del espectro radioeléctrico para la transmisión de señales de televisión está condicionada al hecho de que dicho espectro es un bien público, y que, por tanto, dichas señales estarán abiertas y podrán ser vistas de manera gratuita por cualquiera que pueda captarlas. Sin embargo, aunque el uso individual de antenas domésticas es perfectamente legal, la mayoría de los norteamericanos reciben la señal a través de cable o satélite, en muchos casos añadiendo además canales premium, y esas compañías pagan a los canales una cantidad determinada a los canales por cada suscriptor.
La idea diferencial de Aereo es sustituir las antenas domésticas – de calidad generalmente cuestionable y que únicamente sirven para ver la televisión en el aparato al que están conectadas – por una antena remota para cada usuario, situada en un lugar que asegura una recepción de calidad, y transmitir esa señal al usuario a través de internet. Un servicio por el que Aereo cobra a cada usuario entre $8 y $12 al mes, inferior al precios que se paga por servicios de televisión por cable o por satélite, con una enorme diferencia: mientras las compañías de televisión por cable o por satélite pagan religiosamente a los canales por cada suscriptor, Aereo no lo hace. Aereo se refugia en el hecho de que lo que está haciendo es simplemente hacer una gestión remota de la antena individual de cada usuario, algo que cada usuario podría hacer gratis, y no paga nada a los canales por su contenido (recordemos: contenido transmitido a través del espectro, bien público, con la condición de que pueda ser captado gratuitamente por los usuarios). ¿Por qué iba el servicio de Aereo a resultar atractivo, cuando resulta perfectamente legal instalarse una antena y recibir la señal gratuitamente? Porque asegura una mejor recepción, y porque la idea de poder administrar lo que uno quiere ver a través de una aplicación y poder verlo en cualquier dispositivo resulta razonablemente atractiva.
Si el servicio proporcionado por Aereo escala en popularidad, los canales de televisión y las empresas de televisión por cable o satélite se verían privadas de una cantidad sustancial de ingresos, todo ello inmerso en una tendencia, el llamado cord-cutting, que lleva a que un número progresivamente mayor de usuarios renuncien precisamente a sus suscripciones de cable o satélite para consumir cada vez más contenido a través de internet, mediante servicios como Netflix, Hulu, Amazon y similares. Y lo cierto es que, en parte por las buenas críticas, y en parte por la popularidad que Aereo está recibiendo gracias a la cobertura mediática de su juicio, ya en manos de doce jueces del Tribunal Supremo, la popularidad de Aereo está creciendo cada vez más.
Aereo, indudablemente, utiliza un resquicio en la ley para evitar el pago a los proveedores: las minúsculas antenas dispuestas en enormes parrillas, en realidad, no serían necesarias. Pero si la compañía obtuviese la señal por su cuenta y simplemente la redistribuyese, estaría supuestamente llevando a cabo una comunicación pública, y la comunicación pública devenga por ley el pago de derechos. Tener una antena por usuario permite a Aereo afirmar que en realidad, lo que hace es simplemente gestionar «una antena en la nube», y que no existe comunicación pública, sino transmisión individualizada a cada usuario de lo que «su» antena recibe, servicio por el que cobra añadiendo el espacio de almacenamiento para grabar, pero que no la obliga, al menos teóricamente, a pagar a los canales que producen ese contenido, porque el usuario está en realidad «subcontratando» un servicio al que tendría derecho gratuitamente en su casa.
Al final, el juicio es una pugna entre las leyes de copyright – según la Copyright Act de 1976, los poseedores de los derechos tienen control sobre su transmisión y retransmisión – y las que tratan de proteger el avance tecnológico: hay quien ha comparado este juicio con el caso Betamax que enfrentó a Universal con Sony en 1984, y en el que triunfó esta última. Por el momento, el juicio está permitiendo ver cómo los doce jueces intentan informarse para la toma de su decisión, y tratan de entender cuál sería el alcance de una decisión en uno u otro sentido. En un lado, las empresas de cable, de satélite y los canales de televisión, apoyados por una administración Obama que se ha puesto de su lado y afirma que el modelo de Aereo es «claramente infractor». En el otro, la mayoría de las empresas tecnológicas, las proveedoras de servicios en la nube, la Electronic Frontier Foundation (EFF) y muchos más. Un caso complejo, con infinidad de opiniones de terceros ofrecidas voluntariamente al tribunal, y que tendrá previsiblemente una resolución a mediados del próximo mes de junio.
Por el momento, los jueces parecen mostrarse relativamente escépticos: ven significativo que Aereo sea la única empresa que ofrece este tipo de servicios que no paga por ello, aunque también afirman que ese modo de buscar subterfugios legales para no hacerlo es muy similar a lo que hace cualquier abogado, y una forma de crear oportunidades para el progreso. En caso de perder, Aereo ha afirmado no tener un plan B. Si ganan, algunos canales de televisión han afirmado que pasarían a emitir únicamente por cable y abandonarían las emisiones públicas, lo que llevaría de entrada a un drástico redimensionamiento de su negocio publicitario que ya veríamos si están dispuestas a aceptar. Muchísima atención, y un caso que, en manos de doce jueces del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, puede marcar de manera sensible el futuro del desarrollo tecnológico.
(This post is also available in English in my Medium page, “Aereo: a groundbreaking case«)
En la mayoría de foros de curd-cutters, llegan a la conclusión de que la network es como aquí la TDT y que la mayoría de la programación ya no interesa a un sector de la población.
En mi caso intenté usar Aereo, pero por un tema de visa no lo he conseguido. De momento uso otro servicio similar, llamado USTVNOW (especial para expatriados) que me permite ver en el roku 45 días gratis de 7 canales de la network en HD, si quieres ver el resto hay que pagar hasta 20$ al mes. Otro servicio similar es Nimble TV, que combina diferentes planes tengas cable o no. Al final todos usan el servicio de OTA para retransmitir en alta calidad la network. La otra opción es comprarte tu una antena para casa, pero si quieres tener buena recepción, el precio es de 100$ de media.
Para los que no sepan como va allí la network, es como aquí la TDT, solo que allí para verla tienes que tener un paquete de cable contratado, aunque sea el mínimo. Si no quieres eso, esta la antena o servicios como aereo, nimble o ustvnow.
El resultado del juicio es importante, sobre todo para los próximos años, porque a corto plazo por lo que te cuesta aereo 1 año, pagas una antena y solo está disponible en NY, pero a largo plazo la cosa puede cambiar.
Sin saber mucho del tema, es la primera vez que lo oigo…
Una cosa es (1) captar y visualizar una retransmisión con copyright por el espectro público de manera gratuita en el ámbito doméstico.
Y otra cosa es (2) retransmitir esa retransmisión con copyright a través de internet de manera privada.
Si en EEUU las comunicaciones privadas no pueden infringir el copyright, entonces Aereo tiene todas las de perder, ya que no podría llevar la señal de la antena de su usuario a la casa del usuario (al menos a sabiendas de que es material con copyright, como es el caso).
Por otra parte, si Aereo infringe el copyright, también lo están haciendo las antenas comunitarias, ya que hacen lo mismo pero a menos distancia.
#002
Hay una diferencia entre las antenas comunitarias y AEREO que se decanta a favor de éste. Y es que una antena comunitaria retransmite a muchos, mientras que, teóricamente y en palabras de AEREO, cada antena retransmite a uno solo, por tanto no hay retransmisión. Si AEREO tuviera solo una antena para todos, entraría en el aspecto de redifusión de contenidos, pero teniendo una antena por usuario, no.
Viéndolo así, cualquier antena particular de una casa infringiría el copyright, ya que retransmite de la antena al receptor por un cable. Que no es más que lo que hace AEREO, pero con un cable más largo.
En mi modesta opinión, la tecnología no parará de abrir huecos en las barreras que se ponen al campo. Cada vez la variedad de subterfugios legales será mayor y no sé si caerá el modelo de propiedad intelectual actual para dar paso a otro modelo, pero de una forma u otra seguro que muchos negocios si caerán con el implacable avance del la tecnología. Lo de «Todo va a cambiar» parece obvio. Ojalá pudiéramos entrever como.
No me he enterado mucho del tema de debate, debe ser que estoy más espeso que de costumbre. Lo que si queda claro, es que los productores de contenidos van a cobrar menos por vender copias de sus contenidos.
¿Cuando se convencerán los productores de contenidos que su modelo de negocio, no se puede basar en vender copias, de algo que todos podemos copiar gratis y sin complicaciones en muestra propia casa?
Cambie o no cambie el modelo de propiedad intelectual, que de facto de todos modos quedara mas o menos como ya ha quedado, lo que no ha cambiado es lo mas importante; la innovacion, renovacion y creacion de nuevas industrias y empresas tecnologicas que solo vienen de EEUU como siempre, y la complejidad tecnologica crece y crece exponencialmente eso quiere decir que Camerun España o Polonia etc, cada vez estara mas lejos de entrar en el mercado este
#003 Cierto, cualquier antena particular de una casa infringiría el copyright, si saliese de la residencia. Pero como no sale de la casa, entonces es uso doméstico.
La pregunta es: si estoy en Nueva York y me conecto por vpn a mi otra casa en California, y esto me diese acceso a mi tele en California ¿podría ver legalmente un canal en abierto en California que no tengo en Nueva York estando en Nueva York?.
Si la respuesta es que sí, entonces Aereo tiene opciones de ganar.
007# Eso ya existe y se llama Slingbox. Un decodificador que lo instalas en tu casa conectado al cable,tv o lo que tengas. Te vas de vacaciones a un sitio con wifi, accedes al programa sling en tu pc, tablet, smartphone y puedes ver todo lo que tenga en tu casa.
¿que hace la gente? Trueque de canales. Yo te dejo ver Digital+ y un inglés Sky Sports, o en USA me pasan FOX, ABC y HBO y yo les dejo la tdt, y Canal+.
De hecho así es como en España mucha gente ve canal+ sin pagar a Canal+.
Siempre me ha parecido abusivo que se cobre por la mera retransmisión de canales en abierto. Lo mismo por la tele de los bares, si solo ponen canales en abierto, o por las teles en habitaciones de hotel. Si un canal emite en abierto, para que lo vea todo el mundo, ¿de dónde carajo sale la justificación de cobrarle al que facilita su visionado? Con igual justificación podrían cobrarle a los antenistas o a los fabricantes de televisores.
Hablo desconociendo el sistema jurídico norteamericano.
¿Por qué los jueces estudian las consecuencias de la decisión a posteriori y no se limitan a ver si es o no legal Y PUNTO?
Aereo tiene muy poco que ver con ninguna innovación, hasta los propios blogs informáticos en USA consideran «tonta» la tecnología que usan.
Lo que Aereo hace es usar tecnología existente para evitar el pago de derechos de retransmisión. Para ello debe hacer pasar ante la Suprema la ficción jurídica que el techo de sus oficinas forma parte de la residencia de sus usuarios y por tanto se trata de reproducciones privadas, como las que uno haría en el dvr o un betamax (les encanta decir que son como el betamax, obviando que el componente de innovación en el betamax fue como mil y el de Aereo es como cero).
Lamentablemente para Aereo, el juicio se desarrolla en EEUU y no en España, the land of no infringment, donde su ficción jurídica sería tan bienvenida como la de las webs de enlaces y el cuento de los amigos intercambiando películas como toda la vida.
#010. Porque estos jueces en particular sientan precedente obligatorio y de sus sentencias se extraen, se coligen, las normas del common law.
#009. Krigan. La televisión en abierto pasa a ser onerosa cuando se usa con fines de comercio donde ya alguien lucra con los contenidos, que es el caso del hotel (la TV como servicio adicional al huésped) o el bar (donde los bares que exhiben la Champion están en ventaja sobre los que no la exhiben) o los mismos operadores de cable que sí pagan por incluir estas señales en su oferta al público porque complementa su servicio. A nivel residencial y sin mediar intermediarios por supuesto que sigue siendo gratuita.
Esto se debe a un principio elemental de convivencia social para no aprovecharse de la propiedad, el trabajo o los servicios de los demás, amparado solamente en que a uno le dio la puta gana, que es algo que escapa a tu capacidad de entendimiento.
Mario:
Ya, bueno, ¿y por qué no se les cobra también a los antenistas y fabricantes de televisores? Ya de paso, los fabricantes y vendedores de muebles deberían pagar también a las constructoras, dado que si estas no hubieran contruido las casas entonces sus habitantes no las amueblarían.
El proceso mental que seguís algunos parece ser el siguiente:
1- La industria de contenidos repite mil veces un mantra (copiar es robar, no se puede competir contra el gratis total, la música se muere, se aprovechan del trabajo de los demás).
2- Adoptáis el mantra como propio, por algún oscuro motivo no racional.
3- La evidencia y los razonamientos más elementales no importan, hay que seguir repitiendo el mantra como sea.
Así que repito: Si un canal emite en abierto, para que lo vea todo el mundo, ¿de dónde carajo sale la justificación de cobrarle al que facilita su visionado?
Te agradecería que esta vez contestases a mi pregunta.
Al final, todos corruptos…
Más de lo mismo. La justificación del pago nace del uso comercial de la propiedad intelectual Krigan. El canal emite en abierto(gratis) para el consumidor final en el ámbito doméstico, no para que otro negocio (hotel, bar) intermedie y se beneficie económicamente de la programación.
Sigo sin entender, porque tengo que pagar un servicio de cable para ver television local gratuita. Solo pongo mi antena y listo, veo los programas pagados por los anunciantes de los productos. !NO se si estoy muy afuera de la discusion!
Saludos a todos!
#14 Mario:
Tal y como predije, lo que has hecho es… repetir el mantra.
#14 @Mario Me gustaría que definieses qué es hacer uso comercial; porque si el dueño del bar te cobra por el refresco pero no por el visonado de la tele o el dueño del hotel te cobra por alojarte en una habitación pero el servicio de televisión es gratuito (algo así como si compras este producto te llevas este otro de regalo), ¿dónde está el uso comercial del contenido con propiedad intelectual? Si estas mismas personas pusiesen una biblioteca en su establecimiento para que la gente pudiese leer en el bar o el hall del hotel sin cobrar por ello, ¿tendrían que pagar también derechos de autor? ¿Por qué esto no ocurre con los periódicos, que sí se ofrecen en dichos sitios sin cobrar al cliente por su uso? (sin embargo, los establecimientos que ponen la radio creo que sí tienen que pagar canon ¿?)