Mi columna de Expansión de esta semana se titula «Equity crowdfunding« (pdf), e intento introducir el término con las limitaciones del papel y con una cierta adaptación al público de un diario económico.
En muy poco tiempo, el crowdfunding se está convirtiendo en una parte muy significativa de la actividad económica, no solo vinculada a unos demográficos específicos ni necesariamente al segmento de los llamados early adopters. Dotado de unas características de viralidad notables alimentadas por el hecho de que cada backer, o persona que decide contribuir al proyecto, se convierte habitualmente en vector de la difusión del mismo, la popularización del crowdfunding ha hecho que un número ya apreciable de personas destinen una parte de su presupuesto a pre-comprar productos, oferta cultural y otro tipo de bienes y servicios a través de esta fórmula. Al tiempo, hemos podido ver cómo no solo empresas de nueva creación y startups recurrían a este método, sino también personas y empresas conocidas que teóricamente no tendrían problemas para financiar su proyecto, pero que prefieren utilizar el crowdfunding como una manera de popularizarlo o de pulsar el mercado.
La llegada del equity crowdfunding puede provocar algo similar. En un entorno en el que la rentabilidad de la mayoría de los productos financieros mantiene un atractivo relativamente bajo, la inversión en capital en proyectos con el perfil de los que suelen recurrir a este método es susceptible de ofrecer rentabilidades claramente superiores, a cambio, por supuesto, de unas características de riesgo completamente diferentes. Por otro lado, el equity crowfunding genera una mayor cercanía entre personas y proyectos, un vínculo que permite a los emprendedores atraer a un perfil de accionista distinto al habitual en los mercados financieros convencionales, lo que podría hacer que muchas empresas lo entendiesen como una fuente de financiación interesante y sin los muchos requisitos e inconvenientes de una salida a bolsa tradicional. Sin embargo, no olvidemos que gran parte de esos requisitos estaban destinados a construir una protección del accionista: el volumen de inversión media habitual en el equity crowdfunding suele ser pequeño, pero no olvidemos que el riesgo, naturalmente, existe, y que las startups tienen sus propias casuísticas por todos conocidas que es preciso introducir en nuestra evaluación de la inversión. Del mismo modo que no podemos obviar la posibilidad de que un proyecto suficientemente atractivo, bien planteado o presentado de manera brillante sea capaz de acceder de manera rápida a una cantidad de financiación significativa, utilizando unos sistemas, reglas y requisitos que hasta el momento no resultaban posibles.
A continuación, el texto completo de la columna:
Equity crowdfunding
El crowdfunding, o financiación colectiva de proyectos, es un tema indudablemente pujante. En su primera fase, hablábamos de sitios en los que emprendedores presentaban proyectos de todo tipo, generalmente con un vídeo, y solicitaban donaciones para llegar al umbral que les permitiese ponerlo en práctica. A cambio, solían ofrecer incentivos que iban desde un simple detalle hasta, en muchos casos, un acceso preferencial al producto a un precio ventajoso. El dinero aportado se consideraba una donación con riesgo: si el proyecto fallaba, se perdía.
En su segunda fase, el crowdfunding va más allá, y se convierte en equity crowdfunding: los aportes realizados pasan a ser participaciones accionariales que dan derecho a un hipotético reparto de beneficios. Mediante fórmulas que van desde el préstamo participativo remunerado en función de los beneficios del proyecto hasta la emisión directa de acciones, las personas aportan cantidades de dinero para financiar aquellos proyectos que más les gustan o más confianza les generan, y se convierten no solo en accionistas, sino en auténticos fans de la empresa, genuinamente interesados en que le vaya bien.
En la mayoría de los países existe legislación que regula la oferta pública de acciones, pensada para proteger al accionista. En elequity crowdfunding, son las propias plataformas las que de alguna manera examinan a los proyectos que concurren, en los que puede invertir cualquiera. En países como Estados Unidos, la legislación se esta adaptando para admitir el equity crowdfunding, que ya es una opción regulada y posible en entornos como el europeo.
Prepárese para un escenario futuro de democratización de la inversión, en el que startups y proyectos pequeños competirán por financiación aportada por particulares, al margen de los mercados financieros tradicionales. Otros factores, otras habilidades, otras reglas… en muchos sentidos, otra economía.
Hola Enrique
Me ha parecido muy interesante el artículo. Junto a otros emprendedores y socios estamos empezando con una plataforma de crowdfunding para financiar colectivamente libros, solo libros! Somos editorial (llibres a mida) y hacemos un micromecenazgo o financiación colectiva que ha dado un paso adelante. Primero, seguimos una tendencia importante y nos especializamos en un solo sector (editorial) y participamos de diversas maneras en cada campaña (no dejamos al autor a su suerte, le asesoramos). Actualmente estamos realizando una campaña para publicar la obra inédita del Poeta Josep Punsola (1913 – 1949) que publicaremos junto a la familia del escritor. Os dejo los enlaces:
http://www.realitzaelteullibre.com/
http://www.realitzaelteullibre.com/projectes_4/josep-punsola_-obra-inedita/default.asp
Creo que has señalado los puntos más sensibles de este tipo de proyectos que de alguna forma invitan a la especulación y que son muy susceptibles a generar conflictos si la transparencia no es total.
La sistemática infravaloración de la transparencia por parte de la ciudadanía, es en mi opinión la culpable de muchos de los problemas más importantes que padecemos, por elo, el peligro en este tipo de fórmulas es considerable y debe prevenirse mediante una regulación adecuada que evite la opacidad y otras condiciones abusivas o potencialmente peligrosas.
Por desgracia, las leyes llegan siempre con demasiado retraso en los temas innovadores con fuertes implicaciones sociales.
Veo más problemas para los que puedan asociarse a estos proyectos que para los promotores de los mismos. Plataformas especializadas parece haber ya unas cuantas Seedquick.com, The Crowd Angel, Inversore.com, o Inverem.es.
Recuerdo que los comienzos del comercio electrónico, que hoy tiene un éxito incuestionable, fueron bastante caóticos.
Creo que con independencia de como transcurran los comienzos de estas nuevas fórmulas de empredimiento, su éxito a largo plazo está asegurado, y que los cambios sociales que provocarán serán enormes, porque van a facilitar el acceso a los negocios para emprendedores que apenas contarán con más capital que su talento, … lo cual es mucho.
El Equitity Crowdfunding es ahora mismo es el que más está creciendo en España en cuanto al número de plataformas existentes según indica este estudio sobre el Crowdfunding en España y Latinoamérica. Éstas plataformas ya suponen un 18% del total de plataformas de crowdfunding.
La poca facilidad que están dando los bancos a las start-ups y a las empresas para el acceso a la financiación, está provocando la búsqueda de otras alternativas como son el Crowdfunding. Pero es necesaria una legislación que regule este tema, y aunque el gobierno español no parece que esté por la labor, Europa ya está dando los primeros pasos para una legislación europea.
Muy interesante como siempre Enrique!
Enhorabuena por la columna
http://thesoholoft.com/2012/12/03/obama’s-10-steps-with-sec-finra-to-legalize-us-equity-crowd-funding/
Los 10 pasos para legalizar US Equity Crowdfunding Funding