Hablando sobre Instagram y los términos de uso, en 360 Grados Press

Laura Bellver, de 360 Grados Press, me contactó por teléfono para hacerme algunas preguntas sobre el asunto Instagram en particular y los términos de servicio en general, y hoy ha publicado su artículo titulado «Condiciones de uso… ¿o de desuso?, en el que me cita.

Mis respuestas se reafirmaron en lo que he comentado hasta el momento sobre ese tema: que el cambio en los términos de servicio no era nada grave, no pretendía usos «siniestros» que de todas maneras habrían resultado por lógica insostenibles (no, Instagram nunca permitió «vender» nuestras fotos, y haberlo hecho habría desencadenado que el servicio muriese en cuestión de pocos días), y no era más que una adaptación a los términos de servicio de Facebook, que obviamente tiene un problema de mala reputación en ese sentido que dista mucho de gestionar bien.

Pero tanto la rápida reacción de la compañía como la realidad que había detrás del cambio han llevado a que el asunto sea lo que anticipamos en su momento: mucho ruido, mucho sensacionalismo, y básicamente nada más. Los términos de servicio de Instagram  no difieren en nada de lo que habitualmente firmamos sin siquiera mirarlo para muchas otras aplicaciones, la denuncia colectiva es meramente oportunista y terminará en un pacto extrajudicial a cambio de pocos dólares por usuario con el fin de evitar un proceso más costoso, y la «terrible caída de usuarios» simplemente no lo es, no existe, es un efecto estacional proveniente de una mala interpretación de cifras puntuales, pero las cifras agregadas mostrarán una serie temporal con crecimiento neto y sostenido. Instagram, de hecho, ha sido y seguirá siendo bastante tiempo la aplicación reina de Facebook.

Dicho esto, no dejo de pensar que el «Instagram-gate» tiene su lado positivo. Los términos de servicio (TOS) de las aplicaciones son una batalla que vale la pena luchar: no es sano ni razonable que utilicemos constantemente servicios de los que ni siquiera hemos leído las condiciones. Existe un balance entre la necesidad de ser muy preciso en el lenguaje jurídico y la de redactar con claridad para que los usuarios entendamos lo que realmente estamos firmando, y hay condiciones específicas en entornos sociales que necesitan claramente de un replanteamiento. La tendencia a la sobreprotección de las empresas debe claramente equilibrarse con los derechos razonables de los usuarios, y no ser una especie de carta blanca o de blindaje ante cualquier reclamación. La tendencia es a TOS escritos cada vez más «en el lenguaje de las personas normales» aún manteniendo una parte de idioma «legalés», o incluso explicando la motivación de cada párrafo: los TOS más recientes que he visto y que me hayan llamado la atención en ese sentido han sido los de Simple, «el banco para los que están hartos de los bancos«, pero hay muchos más ejemplos, creo recordar que algunos muy buenos en nuestro país, y agradeceré referencias al respecto, porque el tema me parece decididamente una tendencia, y además estimo que muy adecuada a los tiempos que vivimos.

 

ACTUALIZACIÓN(19/01): Como anticipé en su momento, todo eso de la supuesta caída de usuarios era una tontería sin ningún tipo de fundamento. Instagram aumenta en número de usuarios, contrario a reportes y rumores.

10 comentarios

  • #001
    Antonio Castro - 10 enero 2013 - 14:02

    Creo que el cambio de condiciones de un servicio es algo que si no se explica nada más parece algo que debería poder hacer cualquier empresa y no es así. Lo que hay que explicar es que muchas compañías ofrecen condiciones atractivas, para hacerse con una cantidad de material que la comunidad de usuarios de Internet aporta fiándose de esas condiciones y cuando se hacen con un volumen muy grande de contenidos las condiciones cambian y comienza la auténtica explotación lucrativa del negocio que usa eufemismos como monetización.

    Legalmente dudo que exista la menor diferencia entre monetizar y vender. Hablamos de intangibles, de servicios, de derechos de uso. En todo lo que sigue creo que tienes razón. La gente debería molestarse no solo en comprender las condiciones que acepta sino como funcionan determinados servicios en Internet, donde grandes monopolios acostumbran a imponer unas condiciones totalmente abusivas donde no cabe cualquier reclamación. Insisto en que esa forma tan clara de expresarse no se está haciendo cuando la empresa comienza su andadura en Internet.

    Puede que te parezca muy fuerte llamar a lo de Instagram estafa. Tienes muchos amigos abogados que entienden de este tema mucho más que tú y que yo, puesto que has decidido ignorarme, te ruego que dejes de hacer el burro y les preguntas a ellos: ¿Cómo se tipifica legalmente el hecho de aceptar una obra ajena bajo unas condiciones pactadas para luego más adelante, una vez conseguida esa obra y muchas más, cambiar las condiciones de forma unidireccional? ¿Acaso no hizo eso Instagram?

    Debo parecerte un indocumentado, pero es algo que yo ya tuve que preguntar a mis abogados y si alguno de tus amigos letrados ya te informaron sobre esto, quizás no hiciste bien la pregunta. Haz la pregunta correcta porque se llama estafa, también me dijeron que lo único que podía hacerse a nivel individual era poner un pleito internacional que no está al alcance de casi nadie. En mi caso fue una novela que decidí publicar con Lulú, pero el modelo de negocio estoy viendo que con las variantes oportunas se está aplicando en todo Internet.

    Enrique, este tema trata de que una de las partes no quede totalmente indefensa ante este tipo de cambios de condiciones. Que a ti y a un montón de usuarios les parezca un cambio suave y asumible es totalmente irrelevante y a la persona que se vea perjudicada le va a importar un pimiento cualquier argumento que no respete sus derechos legales. Existe un pacto y si no se mantiene, puede darse el caso de que algunas personas se vean muy perjudicadas por ello. No todo lo que se publica en estos sitios es necesariamente mierdecilla y es ahí donde los abusos pueden hacer más daño.

  • #002
    CMT - 10 enero 2013 - 14:59

    A lo mejor algún organismo supranacional tendría que plantear algo parecido a lo que la UE hizo con las entidades financieras y sus relaciones con sus clientes. Estoy hablando de la directiva MiFid y en concreto al punto en el que los que presten servicios, actúen de manera honesta.

    http://europa.eu/legislation_summaries/internal_market/single_market_services/financial_services_general_framework/l24036e_es.htm

    ¿Una quimera?, pues seguramente. Pero al usuario de a pie le facilitaría mucho la vida.

    Un saludo.

  • #003
    Mario - 10 enero 2013 - 16:43

    Instagram ha retrocedido en lo que parecía una redacción demasiado «sincera» de sus ToS, a fin de detener el escándalo producido. Algún ingenuo pensará que ya todo pasó y que Instagram ya no piensa usufructuar los derechos de autor de sus usuarios, pero es todo lo contrario. Lo que ha hecho Instagram es regresar al «legalés» anterior sin moverse un ápice de su posición inicial. Traduzco del legalés los términos actuales, vigentes a la fecha, del contrato que se tiene que suscribir con Instagram para usar su servicio:

    Básicamente se empieza diciendo que Instagram no tiene ningún derecho sobre tus fotos y que estas te pertenecen, para que gente como Enrique pueda seguir desinformando al usuario cantándole que todo le parece bonito. Acto seguido se te pide una licencia que ellos llaman «limitada» sobre tus fotos, pero que es jodidamente similar a dar a Instagram la propiedad de tus fotos, ya que esta licencia:

    1)permite a Instagram ejercer sobre las fotos de sus usuarios todos los derechos de autor reservados para el autor en la Copyright Act.

    2)no está en realidad limitada a usar tus fotos en Instagram, ni para promover Instagram, ni siquiera para asuntos relacionados a Instagram, sino que Instagram puede usar tus fotos para cualquier uso que a Instagram le de la gana, con la excepción de las fotos que hayas declarado como «privadas».

    3)exije además de los usuarios que sus fotos pueden ser acopladas con publicidad sin tener que dar ningún previo aviso al usuario, (ni mucho menos pagarle, me permito añadir, aunque haya sido esa excepcional foto tuya la que les generó el tráfico e interesó al anunciante).

    .. y listo. Allí tienen como en unos pocos pasos, Instagram obtiene dinero de fotos que no son suyas diciéndole al verdadero autor que sigue siendo el propietario.

    Con una licencia tan amplia no es de extrañarse que Instagram cuide doblemente sus espaldas, haciendo que toda responsabilidad por las fotos recaigan en, ya lo habrán adivinado, el usuario.

    Echenle un vistazo a la garantía que debe ofrecer el usuario y que no ha cambiado en todo este tiempo: «(..)the posting and use of your Content on or through the Instagram Services does not violate the privacy rights, publicity rights, copyrights, contract rights, intellectual property rights or any other rights of any person.»

    Así es, el usuario no sólo es responsable del posteo sino también del USO que se haga de sus fotos en o «a través de los servicios de Instagram». No voy a poner el ejemplo de una foto profesional pirateada porque eso produce urticaria en este blog, sino de un supuesto mucho más mundano. Digamos que en plan de joda le tomo una foto en bikini a mi vecina en su piscina, simplemente echada leyendo el diario X. Esta foto es obviamente intrusiva y vulnera su derecho a la privacidad, pero como somos amigos asumo que quedará en nuestro grupo de conocidos como una broma y nada más. Pero resulta ser una foto especialmente útil para una campaña del diario X e Instagram decide usarla para publicidad (que sí puede), dentro o fuera de su site (que también puede) y llega así a ojos de su jefe en el trabajo donde mi vecina se había reportado enferma ese día.

    En este caso el daño mayor proviene no del posteo sino del uso de la foto en publicidad masiva, lo que permitió a su jefe enterarse de la falta, pero es el usuario y no Instagram, el único responsable de todo el daño causado. Y para que no queden dudas sobre esto, el ToS de Instagram también incluye la obligación del usuario de asumir y cubrir cualquier pago de regalías, derechos, multas o indemnizaciones que se produzcan en razón del posteo en o -nuevamente- a través del servicio de Instagram.

    Si alguien me pidiese un consejo estrictamente legal, este sería naturalmente salirse de esta mierda y buscarse algún otro servicio similar que los hay, y donde uno pueda postear sus fotos más tranquilo sin estar al tanto de lo qué va a hacer la plataforma mañana. Pero en todo caso y si permanecen en Instagram, al menos siempre establezcan por defecto que todas sus fotos, así sea la del zapato porque la cámara se disparó sola, sean siempre PRIVADAS.

  • #004
    Antonio Castro - 10 enero 2013 - 19:45

    Para aquellos que en España tengan quejas sobre el funcionamiento de alguno de estos colosos de Internet que sepan que existe EL CENTRO EUROPEO DEL CONSUMIDOR EN ESPAÑA donde pueden hacer llegar sus quejas o sus consultas. No es mucho más lo que puede hacerse a nivel particular.

    Podéis ver como en el apartado de legislación, contratación de servicios, no existe mención alguna para el tipo de servicios que estamos comentando.

    Es evidente que, no hay problemas tan llamativos como en otro tipo de servicios más conflictivos, pero creo que se dan ciertos abusos y que deberían existir algunas normas claras al respecto para evitar la degeneración progresiva de este tipo de servicios.

  • #005
    Pablo Roca - 10 enero 2013 - 20:04

    Pues solo decir

    Facebook Removes Instagram User Counts From Developer API After Holiday Traffic Confusion

    http://techcrunch.com/2013/01/08/facebook-removes-instagram-user-counts-from-developer-api-after-holiday-traffic-confusion

    Viva la claridad y transparencia!

  • #006
    Animal de Fondo - 10 enero 2013 - 20:09

    Cada día encuentro más interesante lo que metacomunicas, Enrique. Hace años cancelaba la suscripción a tu blog con frecuencia (lo que quiere decir que volvía a suscribirme) simplemente por no entenderte. Ahora que creo conocerte un poco más, tus post son para mí un tesoro, ya que me reafirmas muchas veces en mis apreciaciones, sin que eso quiera decir que formalmente alabes lo que adoro o condenes lo que detesto. Por ejemplo, para no extenderme más, esta entrada me reconcilia con mi idea de que no vale la pena estar en Instagram, así como me decidiste en su día a no comprar un Fitbit.
    Saludos cordiales y un poco de sentido del humor, que nunca sobra.

  • #007
    Ramón Egido - 10 enero 2013 - 23:04

    Yo recuerdo unos términos de un servicio que creo que era de Yahoo messenger, o algo parecido. El caso es que me los leí, porque necesitaba redactar algo así para un proyecto, y había cosas que no sabía ni por dónde cogerlas.

    Siempre recordaré ese momento, cuando leí que el usar ese servicio web podría desencadenar la muerte si se estaban haciendo otras labores que necesitasen de máxima atención al mismo tiempo, como por ejemplo pilotar un caza de combate.

    Me quedé perplejo. Yo hice la mili, eso que han quitado ya, en el Ejército del Aire, y algún piloto de caza conocí. Pero ninguno me dijo que chatease en pleno vuelo con otras personas.

    De hecho, no se cómo funcionaría el portátil dentro de la cabina, porque los móviles de entonces no daban para mucho.

    En fin… El lenguaje jurídico es impresionante. Hace que puedas chatear en un F18 por un lado, y que por otro, terroristas salgan a la calle por defectos de forma. Impresionante.

  • #008
    Antonio Castro - 11 enero 2013 - 09:41

    #005 En mi humilde opinión estaban induciendo al error y aunque Enrique no picara otros muchos si lo hicimos. No me gusta lo que hizo Instagram, pero reconozco que Instagram fue perjudicada por estos datos que fueron mal interpretados. Opino que nadie debería alegrarse por ello. Las injusticias contra los poderosos también son injusticias. A mí me preocupan las injusticias que pueden afectarnos a todos los que estamos desprotegidos pero no seamos parciales porque la seguridad jurídica no admite distinciones de clase, ni en un sentido ni en otro.

  • #009
    Rex Lameiro - 11 enero 2013 - 10:49

    «El banco para los que están hartos de los bancos“ no se trata de un TOS sino de un simple y llano posicionamiento de marca que, por supuesto, condiciona los TOS pero que no debe confundirse con ellos.

  • #010
    Pedro - 29 enero 2013 - 14:15

    Hola a todos quizá una solución para los creadores de contenido en general y los fotógrafos en eset caso particular es publicar sus fotos en licencia creative commons para poder controlar el uso que se hace de sus obras : hay un grupo en flickr y también se puede hacer en instagram

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