Una interesante, juiciosa y equilibrada propuesta de TorrentFreak: imponer sanciones a quienes emitan peticiones de retirada de contenidos no fundamentadas, a quienes abusen de los sistemas de reclamación. Puede articularse como una multa por formular peticiones de retirada no fundamentadas, como un sistema de tres avisos, o de muchas otras maneras, pero es fundamental poner coto a estos desmanes: según la propia Google, el 37% de todas las reclamaciones que reciben en virtud de la DMCA son inválidas, y el número de peticiones, cobijadas por un sistema completamente sesgado, está escalando de manera desmesurada. En virtud de estas peticiones incorrectas estamos viendo abusos de todo tipo, censuras incorrectamente aplicadas, contenidos inaccesibles que no deberían serlo, o interrupciones en servicios perfectamente legítimos.
A la izquierda, la enésima notificación que YouTube me envía informándome de que alguno de los vídeos que tengo en mi cuenta han sido objeto de una denuncia por infracción de copyright, y que en consecuencia han sido bloqueados y penalizada mi cuenta. Resulta sorprendente, con la de veces que he recibido este tipo de mensajes, que mi cuenta se mantenga aún en su sitio y con todos sus privilegios (y más sorprendente aún que el vídeo siga ahí, accesible al menos para mí, para que pueda seguir utilizándolo tranquilamente).
Muchos de los vídeos que subo a mi canal de YouTube están ahí porque los utilizo habitualmente en mis clases. Se trata por lo general de escenas de películas: cuando veo una película y pienso que una escena puede servirme para remarcar, ilustrar o evocar un concepto, la extraigo y la subo a YouTube para poder utilizarla cómodamente en dichas clases. Se trata siempre de fragmentos muy cortos, una parte minúscula sobre la obra total, y que es utilizada en un contexto académico. Por supuesto, sé que la propiedad intelectual de la obra pertenece a un tercero, como sé que siempre que he pedido permiso a uno de esos terceros para utilizar un fragmento en mis clases (a pesar de la dificultad que supone contactar para algo así cuando no existe ningún sistema razonable organizado para hacerlo), he sido convenientemente autorizado. Utilizar un fragmento de una película en una clase no puede suponer un perjuicio para el propietario de sus derechos: si alguien cree que un alumno va a dejar de ir a ver una película por el hecho de haber visto una de sus escenas en una de mis clases, que se lo haga mirar: todo lo más podría ocurrir lo contrario, que el alumno evoque dicha película y la quiera ver o volver a ver.
El día que YouTube me suspenda la cuenta, me iré a Vimeo, DailyMotion, Veoh, Viddler, Blip.tv o a cualquier otro. O los subiré a mi Dropbox, o a mi iCloud, o a mi propio servidor, o me los llevaré en mi disco duro, o en un pendrive, o donde sea. Si Google no es capaz de diferenciar una infracción de copyright de un profesor que pretende usar un diminuto fragmento de una película para ilustrar una clase, qué le vamos a hacer, tendré que cambiar de herramienta e irme a otro sitio. Al usuario al que se le retiran contenidos, aunque sea de manera incorrecta o no correctamente fundamentada, se le sanciona. Pero a quienes emiten peticiones indiscriminadas e incorrectas y abusan del sistema, no les pasa nada.
Resulta absurdo suponer que por colgar un diminuto fragmento de una película en YouTube esté haciendo algo que deba ser sancionado. No existe un comportamiento predatorio alguno por mi parte. Entra perfectamente dentro de eso que los anglosajones denominan fair use, uso legítimo o uso razonable. Pero Google ofrece a los productores de contenido que considera importantes una herramienta para que las coincidencias aparezcan de manera automática, y estos, sin ningún tipo de problemas, emiten takedown requests, peticiones de bloqueo, como quien lanza caramelos en un desfile, que resultan en errores de todo tipo. Si como afectado quieres reclamar, el procedimiento resulta farragoso, complejo, intimidatorio y aparentemente inútil: es como intentar pelearse con un gigante que además es amigo del dueño de la casa. Es un tema que he comentado incluso con altos directivos de Google, que me han reconocido que el planteamiento no era correcto. Para Google, el usuario es pura materia prima, pares de ojos carentes de derechos que son vendidos a granel a esos verdaderos clientes a los que se dedica a agasajar impenitentemente. Algo me dice que jamás veremos a Google desarrollar un sistema de sanciones como el propuesto para castigar esos excesos. Los problemas de los usuarios son simplemente un daño colateral.
Google y otros han entregado una guillotina al lobby del copyright, y no le han puesto condiciones algunas para su uso. El resultado, a la escala correspondiente, es el Terror. Un dislate que es completamente necesario corregir.
Sería un dato muy bueno, que castigaran a los que reclamen por copyright por reclamar, pero esto creo que no interesaría en absoluto a los de arriba. Vivimos en un país donde algo sensato, parece ser una utopía.
Saludos
Bruno
Enrique, neng, vamos a veeeeer…
Y no estas tu (un tu generico que usa a estos que criticas) legitimando ese abuso al seguir usando el servicio?
No deberias (tu generico) cambiar a otro servicio mas etico y dejarte de poyadas?
Entiendo que academicamente hablando el articulo tiene sentido pero no sigues usando youtube?
Como se mezclan cosas academicas con cosas personales no acabo, a veces, de entender lo que escribes… una especie de esquizofrenia bloguera en la que se pone a parir a alguien de quien no se puede prescindir como en una relacion amor-odio internetera…
Pero si es que lo de YouTube no se sostiene. Y hay ejemplos aún más divertidos. Voy a la presentación de un coche, la marca me entrega un kit de prensa con (entre otros documentos) varios vídeos. Subo uno de ellos a YouTube para poder incrustarlo y recibo un mensaje que me dice que ese vídeo tiene derechos de autor para la banda sonora y que aunque no me penalizan la cuenta (sólo faltaría) se verán anuncios en él. ¿Perdón? ¿Un vídeo que la marca me ha entregado expresamente para que lo pueda publicar?
Digo yo: ¿aquí quién es el que está sacando verdadero partido económico del vídeo? ¿Yo, que al fin y al cabo me puedo ahorrar el incrustado y explicar lo que sea con palabras o hasta con fotos de mi cámara… o Google, que le pone al vídeo publicidad sobreimpresionada por su cara bonita? Y encima, te dejan esa sensación que ya no sabes si te están perdonando la vida o si tendrías que irte buscando un abogado, por si acaso.
Si te sorprende lo que te han hecho ni te imaginas la cara que se te queda cuando te envían el aviso por un vídeo que has tú mismo de principio a fin.
La solución no es protestar, es cambiar de plataforma y que les den.
Que les pregunten a los chicos de la NASA y su video de celebración de aterrizaje del Curiosity que opinan al respecto…
Por desgracia es imposible ponerle vallas al campo, este tema es taaaaaan enorme que habría que cambiar las leyes de raiz para medianamente controlarlo.
Pienso que Google esta dando cuerda para que los comerciantes del copyright se ahorquen con el abuso de la herramienta que les da el DCMA (Digital Copyright Millenium Act).
Que la industra haga un mal uso de una mala ley puede haber sido clave para que cuando Google se opuso a PIPA y SOPA no se vuelva a oir hablar del tema…
El mundo es de los hipocritas. Comentaba Enrique, que entre políticos americanos hay el dicho «Always go Green»: hay que estar siempre del lado de los ecologistas, los demagogos, decirles lo que quieren oir, y luego haces lo que te da la gana y te siguen votando…
Lo mas absurdo de Youtube y los que llegan a protestar por que uno subió algo, es que no ven que en la mayoría se está haciendo promoción a su película, producto o evento. Deberían analizar mas los videos, antes de atacarlos, ya que al final podría ser su mejor manera de promocionarse viralmente indirectamente.
Saludos desde Panamá. Alejandra.
Utilizar un fragmento de una película en una clase no puede suponer un perjuicio para el propietario de sus derechos: si alguien cree que un alumno va a dejar de ir a ver una película por el hecho de haber visto una de sus escenas en una de mis clases, que se lo haga mirar
No nos cuentes películas. Esto está claro (o debería). El tema es cuando la obra se distribuye y además se comercializa de forma completa sin consentimiento de su titular (que es lo que sucede con los webmasters innovadores), generando un lucro injusto y además un daño al del tercero vulnerado. De otra forma, Google Ebook debería estar ya cerrado y no veo que nadie se queje de que muestren parcialmente sus obras. Hay una evidente diferencia entre «parcialmente» y «completamente».
En cuanto a lo otro, cualquier sistema de review, votación o aviso está condenado al fracaso si no se tienen en cuenta todas las variables (menos en España, claro, que no hay piratas ni bucaneros, como todo el mundo sabe).
Pues la última y bien gorda que han hecho estos sinvergüenzas ha sido el bloqueo de la emisión en directo de los premios Hugo, que total lo del cortar les sale gratis.
Los robots del copyright bloquean la retransmisión de los premios Hugo
Hay muchos vídeos en youtube cuyos autores son los propios intérpretes de melodías clásicas de piano o violín que están marcados como «Éste vídeo tiene contenido propiedad de… ver en youtube» lo cual les genera a estas empresas discográficas beneficios económicos ilegítimos.
Parece que pretenden hacernos creer que todas las interpretaciones de obras musicales por parte de aficionados y autores independientes -y libres de cualquier copyright desde hace décadas como poco- ya les pertenecieran por el hecho de que estas empresas venden una versión.
Vamos, como si tuviesen el monopolio para interpretar a los clásicos y además se quedan tan panchos.
Hola, Enrique.
Estoy en una situación muy parecida a la tuya y con la misma indignación. En mi caso, las reclamaciones que me llegan son por utilizar canciones con licencias Creative Commons. Increíble ¿verdad? Increíble y vergonzoso que una empresa te haga reclamaciones en Youtube por utilizar contenido libre de copyright…
Google ha dejado de ser esa empresa cool de la década pasada…
Es decir, que cualquier empresa de la industria de contenidos tiene en Internet el poder de retirar tus vídeos (incluso si el vídeo lo has hecho tú mismo), mientras que los demás no tenemos el poder de retirar los suyos. Esto es precisamente lo que se pretende con leyes como la DMCA y la ley Sinde, que la industria de contenidos sea una casta con privilegios especiales que no tenemos el resto de los mortales.
Debe ser que los demás no tenemos derechos, que no es posible calumniarnos, ni violar nuestra intimidad. O mejor dicho, que sí es posible hacerlo, y que nuestra única opción es acudir al juez, que tardará en decidir, y que tal vez estime que en realidad no se infringió ninguna ley. Esto de los jueces es para la plebe, para la casta del copyright es mucho mejor que sean ellos los que decidan si el vídeo sigue en Youtube, y sin penalización alguna aunque se «equivoquen» miles de veces cada día.
Un dato significativo, también visto en Torrentfreak. La industria siguen enviando miles y miles de peticiones de retirada… de enlaces a ficheros en Megaupload. Dado que Megaupload ya lleva medio año cerrada, resulta obvio que la industria no se está descargando esos ficheros antes de exigir su retirada. Simplemente, no están comprobando que esas obras sean verdaderamente las suyas, una mera similitud en el nombre es suficiente para activar sus bots.
Total, ¿para qué van a realizar la más elemental comprobación? No hay castigo si se equivocan, ni siquiera si perjudican a alguien. La casta tiene sus privilegios. Punto final.
Ya lo dije en su día, nos han dejado, a los autores y a los que hacemos contenidos en internet, en bragas. Ya te reclaman hasta las canciones que tienes en tu soundtrack pro y por las cuales has pagado licencia. una verguenza.
#008 Eso no tiene nada que ver con el tema del pirateo o lucro de terceros ajenos. Estás mezclando churras con merinas, como el autor de la entrada en uno de sus párrafos. Pero es que yo creo que los titulares no se quejan precisamente de lo que tú comentas.
#011 ¿Puedes explicarte mejor? No he entendido lo que dices.
#012 Es decir, que cualquier empresa de la industria de contenidos tiene en Internet el poder de retirar tus vídeos (incluso si el vídeo lo has hecho tú mismo), mientras que los demás no tenemos el poder de retirar los suyos.
Cada día se te ve más el plumero…
¿No joas que son bots? Yo pensaba que tenían contratados a 400 nigerianos que iban haciendo las comprobaciones cada vez que un archivo era eliminado y al cabo de pocas horas vuelto a ser subido. Y así continuamente.
Parece ser que lo de «yo no sabía nada, solo pongo la web, a mi que me registren» empieza a derretirse como argumento jurídico. ¿A quién se le ocurre piratear libros jurídicos? Si es que…
Por cierto, de esa futura biblioteca digital no se encargará GoDaddy, ¿no? Porque entonces tendremos que tener libros de reserva, por si las moscas… :D
Me parece que en su exposición dice, entre otras cosas, que buscará la forma de publicar contenidos que no le pertenencen. El que usted entienda que su uso puede ser enmarcado en las doctrinas de «fair use, es totalmente necesario obtener autorización escrita de parte del poseedor de los derechos.
La verdad es, que la cantidad de violaciones a los derechos de autor superan por mucho la cantidad de las llamadas «reclamaciones infundadas». La protección a los derechos de autor tienen su razón de ser. Si usted quiere utilizar «material» para sus clases o cualquier otro uso y no tiene permiso del autor, debe producir usted material propio.
Enrique, tu caso no es el más grave, ya que el uso que tú haces de Youtube no te crea dependencia y puedes migrar a donde quieras. El que tiene muchas visitas en Youtube y recibe algo de ellas es muy vulnerable. Youtube en lugar de proteger los derechos de sus clientes o de concederles el beneficio de la duda, actúa muy a la ligera atendiendo la mayoría de las reclamaciones que recibe y eso se volverá contra ella por el abuso de peticiones maliciosas y sin fundamento. Antes de retirar el contenido Youtube debería mandar un correo electrónico de aviso a su cliente indicando entre otras cosas quien es el denunciante y en qué basa su reclamación. Simplemente están desbordados y han elegido un procedimiento que perjudica a su clientela.
Que todos alucinemos con Google me sorprende, ¿no es una empresa?, y las empresas ¿no se crean para ganar dinero?, pues eso, apliquemoslo a Google y será comprensible su sometimiento a los piratas del copyright, así como otras cosas desagradables que esta haciendo desde hace tiempo.
Lo del copyright se ha convertido en una lucha por mantener el monopolio de la distribución y venta de contenidos que han tenido hasta ahora unos pocos muchimillonarios que se han aprovechado de la escasez que ellos mismos provocaban.Lo de que se lucren los «piratas» es colateral y los autores son solo un bien sacrificable, si alguno cae en la refriega siempre hay mas dispuestos a entrar en la rueda, aunque ultimamente les estan saliendo mas respondones.
Off topic (o no tanto): coincido con tu visión, Enrique; y lo resumiría en que las grandes empresas 2.0 hacen, como las antiguas, lo que más les conviene a ellas: lo bueno para su negocio, independientemente de si es bueno o justo por sí mismo.
EN Twitter tengo hoy el ejemplo contrario: no hay forma de borrar una cuenta de un tipo que llama estafador a un cliente mío. El tipo ha cometido ya delitos que conllevan pena de cárcel y, aun con denuncia judicial y pruebas de IP por medio, Twitter no borra la cuenta en la que se llama cada día ladrón y estafador a mi cliente.
¿Por qué Twitter actúa en ese caso al revés que Youtube? Por la misma razón: conservar su negocio. No hacen caso ni siquiera de las peticiones de retirada de contenidos que les hace la policía española. Si pides que quiten una cuenta de 20.000 usuarios desde la que se dicen barbaridades, Twitter reconviene a esa cuenta para que cambie su foto o su biografía y así no pierda el tráfico que aporta tener 20.000 seguidores.
En fin, un coñazo que las nuevas empresas 2.0 tengan el adn de las antiguas (ganar dinero a costa de despreciar los principios), y se rijan por el interés corporativo más que por construir un ecosistema que el día de mañana no tengan que echar abajo…
#013 Krigan, observo que la ley como la historia, la escriben los vencedores y refleja el «status quo».
¿Porque se aplico la doctrina Parot con retroactividad? Muchos en el 15M pedian para si lo que ellos mismos negaban para los independentistas vascos.
Quien quiera una utopia que la construya y la mantenga, p.e. los Amish, Testigos de Jehova, Opus Dei,…
¡Conocete a ti mismo! ¡Conoce tu sociedad!
Mientras criticamos, no estamos aprendiendo nada sobre nosotros mismos, solo constando nuestra ignorancia. Lucas 6:41 ¿Por qué miras la paja que está en el ojo de tu hermano, y la viga que está en tu propio ojo no consideras?
Observador:
Por supuesto, tú ya sabías que son bots, que basta con una simple similitud en el nombre, y que no comprueban en lo más mínimo si el fichero contiene una de sus obras. Lo que pasa es que te da lo mismo. Total, la gente que sube sus vídeos a Youtube son solo la plebe. ¿Qué más da si sus vídeos desaparecen? Esos vídeos no son importantes. Tampoco los ficheros propios que millones de personas tenían almacenados en Megaupload.
Una prueba más del abuso de YouTube, las discográficas y las sociedades de gestión como la SGAE es lo que nos hacen a los partners. Para incentivar que subamos vídeos y que no reclamemos por los anuncios que ponen sobre nuestros vídeos nos prometen unos céntimos por cada click sobre el anuncio. El abuso manifiesto y descarado es que yo, como partner tengo que demostrar que tengo los derechos sobre todo el audio y todas las imágenes para poder monetizar el vídeo (cobrar unos céntimos). Por ejemplo, cuando YO grabo el concierto del grupo MALA VELA, que son del pueblo y tienen canciones propias, y YO edito el vídeo, y por tanto poseo el derecho de las imágenes, no me dejan monetizar el vídeo hasta que les presente una autorización por escrito de los miembros del grupo (estoy esperando a que me lo entreguen firmado), especificando que me autorizan a usar el audio de sus canciones. El vídeo queda sin anuncios. Sin embargo, a las discográficas y SGAEs se les concede el derecho a monetizar mi vídeo con sólo tener los derechos de una parte del vídeo. No importa si la canción suena de fondo en la plaza del pueblo y no lo he grabado intencionadamente. Porque yo, desde luego, no les he firmado ninguna autorización para usar mis imágenes.
Parece que van de perdonavidas. Es como si su propuesta fuese, nos robamos las ganancias que tu trabajo genera, y a cambio permitimos que tu vídeo esté disponible. Eso sí, sólo en los países que a nosotros nos dé la gana.
Yo propongo en este post de mi blog: YouTube y sus condiciones abusivas que la mitad de los céntimos vayan a los que reclaman los derechos de las canciones y la otra mitad vaya a los que tenemos los derechos de las imágenes del vídeo. ¿Me dirán que esta propuesta es abusiva? ¿O va a resultar que sólo las grandes multinacionales, que son las que tienen la mayoría de los derechos de autor, pueden ganar dinero? Al fin y al cabo, llevan décadas llevándose toda la pasta y dejando un mísero 10% a los autores.
http://deprofesionaventurero.wordpress.com/2012/09/07/youtube-y-sus-condiciones-abusivas/
Parece mentira, Enrique, que pese a lo critico que eres seas tan ingenuo. Aunque muchos actuen como tales, los usuarios de Google en general no son sus clientes. Si pagas por un espacio de correo, o por publicidad, eres su cliente. Si publicas un blog en blogger, eres un creador de contenidos de quien beneficiarse. Si subes un video propio, lo mismo. Las productoras musicales no son clientes exactamente, sino que forman una simbiosis. Los videos traen visitas a youtube y youtube atrae a potenciales usuarios de sus servicios.
Como usuario no vales nada. Aceptalo.
La solución es bastante sencilla, basta con que todos hagamos mal uso de los supuestos derechos de autor y abusemos del sistema, basta con que todo el mundo denuncie indiscriminadamente cualquier contenido, es cosa de dedicarle unos minutos al dia, desde casa u oficina… Si todos abusan del sistema de forma continua este se cae…
Y si de repente nada funciona en YouTube y se corre la voz de que la plataforma está viciada (por que la gente no se demora nada en encontrar otra cosa que funcione) me imagino que Google tendrá que estudiar sus politicas internas antes de que una avalancha de usuarios se muden de plataforma…
Nunca voy a dejar de sorprenderme (cuando creia que ya nada me sorprendia) de como un bando de inadaptados tecnologicos pueden hacer lo que les sale de los cojo*** mientras todo el resto se dedica a mirar como lo hacen… si, a veces reclaman pero todo sabemos que nadie os hace caso…
Un saludo.
Enrique, tu notificación no tiene nada de abusiva: ¿es el material de propiedad de Fox?, por cierto que sí, ¿tienes algún permiso de Fox para publicarlo? por cierto que no, ¿lo publicas con fines lucrativos? salvo que la IE Business School no cobre nada a sus alumnos ni tú nada por dar clases, al final del día lo que nos estás contando es que publicas un material ajeno para desarrollar una actividad lucrativa y comercial y el dueño del material no quiere que lo hagas. Vaya sorpresa.
¿Qué puedes hacer? Sencillamente no publiques Enrique. Una cosa es repartir un texto o video entre 30 alumnos con fines ilustrativos en una clase y otra subirlo a una plataforma a la que acceden 30 o 300 millones de personas. Usa dropbox para distribuir a tus alumnos el material que necesites -la película completa si te da la gana-, limitando de esa manera la distribución al ámbito académico, que es la excepción existente al derecho de autor que te corresponde utilizar.
Eventualmente es posible que te cierren tu canal de youtube, es cierto, pero eso no se deberá a ninguna censura ni conspiración internacional ni extraterrestre, sino al hecho de que no quieres utilizar las herramientas adecuadas que internet te ofrece y que sin duda conoces para tus lograr tus fines (…y gratuitas también). Todo lo demás es una pataleta de pura terquedad y majadería ante la notificación.
Antes de internet los niños solían aguantar la respiración cuando querían algo y no se lo daban, hoy, los adultos escriben entradas en su blog.
OFF TOPIC: Alucinante artículo de Rick Falvinge abogando por la libre tenencia o distribución de pornografía infantil en los próximos 10 años, que considera una censura que se verá potenciada con el desarrollo de los Google Glass (WTF!!!). Hay que agradecerle eso sí, al fundador del Partido Pirata, haber desnudado su verdadera escala de valores que ubica la explotación sexual de los niños por debajo del último gadget de Google.
http://www.blottr.com/contributor/rick-falkvinge/three-reasons-child-porn-must-be-re-legalized-coming-decade
En el último vídeo que acabo de subir una sociedad de gestión dice que tiene los derechos sobre una composición musical llamada Tremolina. Al intentar escuchar esta canción en YouTube no la encuentro, pero sí he encontrado que Tremolina significa: bulla y confusión de voces. Vamos, que es el ruido que se escucha en la plaza de toros de Pamplona, con todas las peñas cantando y gritando a la vez. He impugnado la reclamación, pues considero que nadie debe tener el copyright del bullicio que hacen miles de personas.
El problema es que con mi impugnación me dicen que pueden anular mi cuenta, y eso me dolería pues sería perder todo el trabajo hecho para subir y comentar 200 vídeos que ya están subidos. ¿Pero, de verdad que a esa sociedad de gestión no le pasa nada por formular falsas reclamaciones?
En este enlace cuento lo que he hecho para impugnar la tremolina.
http://deprofesionaventurero.wordpress.com/2012/09/11/sanfermines-youtube-y-la-tremolina/
Clama al cielo la facilidad con que facebook hace lo mismo. Como dices al no estar regulado y no interesar regularlo ya que implica gasto y personas para analizar cada caso . Lo mas facil generalizar
Mario:
¿Y qué pasa si un profesor quiere dar clase a todo el mundo? Hay cursos online que son para todo el que quiera seguirlos. Estamos hablando de un fragmento de peli, no puedes pretender que eso sea lo mismo que poner la peli completa.
#029.-Krigan, no existe tal cosa como un profesor que enseña «a todo el mundo». Los cursos online que mencionas están basados en programas interactivos o material multimedia por los que generalmente paga el alumno que se inscribe en el curso, y como en toda publicación o programa audiovisual, el editor debe asumir el costo del material de apoyo que utiliza con la misma naturalidad con la que paga todos sus otros gastos, desde el hosting, el narrador en off o su publicidad en Google.
El video de Enrique no es una «cita» (extracto menor de una obra dentro de otra). Por eso repito que en su contexto Enrique pudo hacer uso perfectamente de la excepción establecida para usos académicos, que existe en la mayoría de países y donde la duración es irrelevante -se proyectan películas completas a alumnos de cine o se estudian poesías completas en las facultades de literatura.
Me pasó algo muy muy parecido:
Hace un tiempo, vi una película española que me hizo mucha gracia (NO voy a decir el título), así que cogí un fragmento de escasamente 1 minuto que me pareció especialmente simpático y lo colgué en Youtube. Puse todos los datos de la película: título, director, actores, año… y al poco tiempo algún retrasado de EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de los productores Audiovisuales) denunció mi vídeo a Youtube y fue retirado. Yo aluciné en colores, porque le estaba haciendo publicidad gratuita (y con varios miles de visitas) por un fragmento que duraba menos que un trailer normal de cualquier película. Pensé incluyo en intentar contactar con el director para que me autorizara por escrito, pero después pensé ¿para qué? Después dicen que el cine español va mal…
Creo que ampara el «Fair use» dentro de las leyes de derechos de autor USA al ser tu uso educacional. Aunque la ley cita expresamente un uso educacional sin beneficio («The purpose and character of the use, including whether such use is of commercial nature or is for nonprofit educational purposes»).
http://www.copyright.gov/fls/fl102.html
De hecho hay un video en YouTube (supongo que lo conocerás) para uso educacional amparado en este «Fair use» donde se explican las leyes de copyright con fragmentos de películas de la propia Disney.
http://www.youtube.com/watch?v=CJn_jC4FNDo
#026 Mario, creo que ya sabrás que yo estoy de acuerdo con tu posición jurídica, pero en este caso no comparto lo radical del caso concreto. Si bien es cierto que Dans podría usar otros medios, y que es verdad que no tiene la expresa autorización del titular, yo sí creo que aquí la temporalidad es absolutamente TRANSCENDENTAL. Y es así porque uno, dos o seis minutos de película no vulneran directamente al posible retorno de una obra, sino que la expone temporalmente al interés público. Mediante el uso DIRECTAMENTE DIDÁCTICO (aunque INDIRECTAMENTE lucrativo) que hace Dans de la obra, es claro que el objeto final del mismo es principalmente pedagógico, no lucrativo (no existe un intercambio directo entre dinero-bien ajeno, como sí sucede en otros casos mucho más dañinos).
La importante diferencia sobre la cantidad de público a la que ha sido expuesta la obra, y a la que haces referencia, tendría peso de haber sido la película (o lo que sea) expuesta en su totalidad y duración (ya que entonces la posibilidad de retorno sí disminuye dramáticamente), pero no en el caso que se describe, pues no se cumple la dualidad comercial básica y tradicional, pues la obra ahí no es el principal objeto de la acción/actividad.
Por favor, piensa en lo que te estoy diciendo, porque la radicalidad de esa postura no le hace bien a nadie y, además, en la práctica es una soberana tontería defenderla. Es decir, para ser justos, que no lícitos, la Ley -y sus aplicadores- estos casos debería entenderlos como excepciones, porque es lo que son en interés de todos. Un problema es que la Ley no tenga ni puta idea de lo que regula, eso sí… Igual algún día…
Al César lo que es del César, y a Dans… solo algún que otro sorbo cuando tiene algo de razón :D
Saludos.
Mario:
Estás negando la realidad. Sí hay cursos para todo el mundo. Pero claro, si admites la realidad se te hunde el argumento. Pongámoslo pues de otra forma: ¿nos estás diciendo que la ley actual prohíbe a un profesor el dar una clase para todo el mundo?
Con 30 alumnos en un aula nos dices que no hay problema, pero que sí lo hay con 300 millones de alumnos en Internet. Yo no creo que la ley diga tal cosa, pero si así fuera entonces estaríamos ante un claro caso de inadaptación de la ley a la nueva realidad tecnológica.
Muy buena reflexión Enrique. Todo porque lo hace de forma automática algún algoritmo. Hasta que se imponga un poco más las validaciones tipo «karma» o importancia de los usuarios, para que nos dejen en paz a los que de verdad contribuimos a la creación de contenidos.
Un saludo. Pedro Amador
No se trata tanto de que «alguien cree que un alumno va a dejar de ir a ver una película por el hecho de haber visto una de sus escenas en una de las clases» como el hecho de que estás utilizando parte de una obra (por minúscula que sea) para generar otra (tu clase).
Por impartir tu clase recibes una contraprestación económica (cosa perfectamente lícita) y el valor de la misma depende una serie de factores (tu expertise, tus conocimientos, tu pedagogía) entre los que está el «contenido» impartido. Si parte de ese contenido es, entre otras cosas, material creado por un tercero y que utilizas sin autorización previa, ¿es muy extraño que te avisen de ello?
Tema diferente es que no exista un sistema o procedimiento eficaz para «comercializar» con esos derechos. Eso es harina de otro costal.
Igual de mal estaría que en los cursos de formación que imparto en empresas (y por los que me pagan) utilizase tus reflexiones, comentarios y opiniones para crear ese contenido.
Hola
Entiendo que para google no es fácil debido a la gran cantidad de vídeos y de demandas de este tipo, poder articular algo para controlar todo esto. Sin lugar a dudas, será algo a observar, como estos gigantes de contenidos, controlan de forma adecuada toda su red. Con el Spam al menos lo han conseguido.
Totalmente de acuerdo, es abusivo lo que hace youtube, yo subo videos sin lucro y al igual me notifican porque si. y no el mismo mes si no, 4 meses despues.
LO UNICO QUE VEO…ES QUE YOUTUBE SE ESTA CAVANDO SU PROPIA TUMBA….
la cosa es que te clavan lo que quieren por sus productos sin saber y realmente de cuanta calidad realmente se trata este producto ni cual seria su valor real pues para cada persona podria tener un precio distinto
venden juegos a 60 euros juegos totalmente diferentes juegos a 60 euros que no valen 5 euros y otros a 60 que puede valer los 200 y esto todo dentro de cada uno y su opinion personal
esto sera cosa de tiempo llegara er dia muchos pensemos en comprar ese disco o ese juego o ese libro por 10 30 o 60 y no querramos comprarlo por el simple echo de no soportar la exigencia de los vendedores y los copyright
como ya esta pasando
yo puedo querer algo que a echo mi vecino pero si me pide el oro y el moro que se lo meta por el culo
Hoy 16 de Julio de 2013, youtube dio de baja 59 videos que realice, aludiendo el copyraihg, pregunta ¿por que los deja subir y reproducir si luego de que están un tiempo bastante prolongado y generando una importante cantidad de visitas?, aparte no estaba lucrando con los videos por que no estaban valorizados, creo que son políticas erróneas siendo que los videos eran echo con mucha creatividad, por esa acción cerré definitivamente la cuenta en Google y todo lo que tiene que con esos sitios.