¿Recordáis aquel culebrón periodístico de las pasadas vacaciones de Semana Santa, cuando en todos los periódicos y telediarios nos asaltaron con aquello de «la primera condena en España por descargas P2P«, de cuya evidente falsedad y manipulación ya hablamos en su momento? Efectivamente, ni era un tema de actualidad (había ocurrido hacía cinco meses cuando se dio la noticia), ni era una condena como tal, sino un caso de amenazas y matonismo judicial (tú te declaras culpable de algo que ni siquiera es delito, y nosotros no proseguimos por la vía civil), pero gracias a la desinformación y a la deliberada confusión de términos consiguió que media España, sobre todo la más desinformada, pensase por un momento que descargar algo de Internet era un delito execrable.
Pues bien, ahora comparemos: hace una semana, el Juzgado de lo Penal 4 de Pamplona absolvió a Javier M.B. del delito contra la propiedad intelectual del que fue acusado por haberse descargado de Internet 3.322 películas y un número indeterminado de piezas musicales: al no haber ánimo de lucro, simplemente no hay delito. La semana pasada, el Juzgado de Instrucción nº 48 de Madrid ha sobreseído y archivado el caso contra CVCDGO, una página de enlaces, aquella con la que nada menos que en Agosto de 2005 (de nuevo, aprovechando la escasez noticiosa de las vacaciones) se dedicaron a castigarnos mediáticamente con imágenes de terroríficas redadas y afirmando que los responsables de la página web en cuestión eran culpables hasta de la caída del imperio romano (impresionante la nota de la policía). Pues mira, va a ser que no. Era, simplemente y como en tantas otras ocasiones, una interesada manipulación informativa. Ni redada, ni delitos, ni temibles delincuentes, ni nada de nada. Pura, simple y torticera manipulación. ¿Dónde están ahora los titulares mediáticos haciéndose eco de estas absoluciones? ¿Dónde las declaraciones de los implicados, de los abogados, de los expertos, las conclusiones reales del tema? ¿Dónde están ahora los medios? ¿Telediarios? ¿Prensa? ¿Alguien?
¿Conclusión? El ordenamiento jurídico español es claro al respecto, y a pesar de las fortísimas presiones de los lobbies de la propiedad intelectual para cambiarlo, no existe delito en el intercambio sin ánimo de lucro de obras a través de la red. Como no existe delito en grabar una película de la tele en tu vídeo doméstico. Que no, que no se puede pretender criminalizar una conducta común en toda la población, ni difundir el bulo de que «en España es mucho peor», ni intentar parar lo que es completa y absolutamente imparable porque es fruto de la evolución de la tecnología. La conclusión es clara: de estos temas, no te creas NADA de lo que veas en los medios: entre lo que cuentan mal y lo que dejan de contar, la imagen que obtendrías estaría alejadísima de la realidad.
Y por si acaso alguien salta con lo de los ilícitos civiles, añado que las culpabilidades hay que demostrarlas en los tribunales. Las cosas no son legales o ilegales simplemente porque lo diga la SGAE.
Ahora es cuando los blogs pueden demostrar el poder que pueden llegar a tener frente a los diarios de información. Me refiero porque a traves de ti y otros blogs o foros que seguro hablaran del tema, se podría ver que grado de impacto tienen, frente a la prensa escrita o incluso a la prensa web, que no dicen nada
Leídas la nota de prensa de 2005 y el archivo del caso, y me reafirmo en la impresión de que lo que para algunos son grandes victorias, en realidad son vericuetos legales.
Que sí, que sólo dan enlaces, pero veamos que dice la resolución al respecto:
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“1 Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio no serán responsables por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que:
a, No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización,
o b). Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos”,
«No se ha acreditado, por otro lado, que los imputados conocieran que la información a que remiten o reconducen a los usuarios que acceden a su página, sea ilícita o que, por otro lado, lesione bienes y derechos de un tercero susceptibles de ser indemnizados.»
«Como se ha dicho anteriormente, no ha quedado debidamente acreditado, que los Imputados conocieran que la información a que remiten o reconducen a (os usuarios que acceden a su página, sea ilícita o que, por otro lado, lesione bienes y derechos de un tercero susceptibles de ser Indemnizados.»
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Lo que decía en la terrorífica nota de la policía de 2005:
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A través de la página web www.cvcdgo.com, los usuarios habituales o esporádicos de ésta, previamente registrados, podían obtener copias de películas cinematográficas de reciente estreno usando programas P2P, los cuales permiten a las personas conectadas a la citada red intercambiar ficheros que almacenan las películas. La web cvcdgo.com era el vehículo necesario para llevar a cabo la distribución citada, dado que la misma contenía vínculos para el acceso a dichos contenidos protegidos (careciendo los administradores y los usuarios de la página web de cualquier tipo de autorización por parte de los titulares de los Derechos de Propiedad Intelectual de dichas obras culturales), realizando una puesta a disposición permanente de los mismos para proceder a la descarga on line.
Las películas son reproducciones ilícitas, muchas de ellas pendientes de su estreno, obtenidas sin autorización (por rippeo de soportes digitales, grabadas mediante screening en salas comerciales de exposición o telecinadas), apareciendo en la web objeto de denuncia una relación de los diferentes formatos en que cada película se puede descargar.
En el portal denunciado se procedía a defraudar a los titulares de los derechos de Propiedad Intelectual existentes al respecto, proporcionando un lucro directo a los responsables del mismo, ya que a través de la página www.cvcdgo.com obtenían cuantiosos ingresos pecuniarios mediante los anuncios publicitarios insertados en la referida página. Por ello, al administrador de la página le interesa insertar contenidos atractivos en la misma (películas recién estrenadas) para obtener una alta cuota de visitantes que se verán obligados a visionar los anuncios expuestos en la página mediante diversos métodos (pop ups, banners, links) y así obtener mayores ingresos procedente de quienes se publicitan en dicha página.
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Una web que se sostiene económicamente publicando enlaces de estrenos de cine ripeados, pero como no ha quedado debidamente acreditado, que los imputados conocieran que la información a que remiten o reconducen sea ilícita o que, por otro lado, lesione bienes y derechos de un tercero susceptibles de ser Indemnizados, se archiva. Escreeners y ripeos, pero ahhh, no sabían que eran realmente escreeners o ripeos. Bravo. Gran titular.
Lo siguiente será decir que si esas webs ingresan menos de 2000 euros mensuales de beneficios netos (que mantener el servidor cuesta, hoygan, con el chorrazo de visitas) no debe considerarse ánimo de lucro.
Bravo.
Tal vez para entender todo esto abria que ver los anuncios publicitarios de las ultimas elecciones generales…. lo que cunde una ceja.
¡¡pero oiga eso es culpa de la prensa no de la SGAE!!! lo mismo que nunca se publico la abolsucion de Juna Guerra y millones de casos mas proque no es noticia. Esta obsesión proque la SGAE es culpable hasta del 11-S hace pensar en que debe de haber alguien detrás der todo este rollo anti sgae, algun rollo tipo Pedro J y el 11M porque ya huele!
«La conclusión es clara: de estos temas, no te creas NADA de lo que veas en los medios»…lo que leas en este blog i tampoco!! supeusto.
«Ahora es cuando los blogs pueden demostrar el poder que pueden llegar a tener frente a los diarios de información»
pues esta claro: ninguno. Ddesde hace años todos estos blogs vienen clamando por lo mismo y la normativa europea solo ha cambiado en sentido contrario.
Enrique:
Tu blog tiene la suficiente popularidad como para que yo mismo le hiciera llegar un post de tu autoría a un gran amigo que tengo en un importante cargo de Telefónica-Chile, acerca de ese sucio servicio de telefonía celular del cual eres víctima (y al parecer la condea es perpetua).
No pocos, acaso muchísimas personas conocen de todas las «pilatunadas» que hacen los traficantes y mercaderes del talento ajeno, de tu pluma o de quienes hemos recomendado tu trabajo escrito. Es de esperar que siempre mantengas la mesura que más impera que decae en este blog. Todos somos humanos, y el caballo de la ecuanimidad a veces tropieza.
Saludos
Y algunos diarios se asombraran de perdertodos los dias lectores a favor de Internet.
Se empieza a hacer imprescindible un cambio radical en los actores de la industria periodística. Estas empresas tienen demasiados intereses, y pasando encima por una mala situación, son muy maleables para grupos de presión poderosos como el de los autores…
¿Quién se anima?
Otro triunfo más de la libertad.
Yo les acabo de mandar un correo a prensa@mir.es (que son los que publicaron la nota de prensa en el 2005) pregúntandoles a ver si iban a sacar otra nota de prensa sobre esta nueva noticia:
«Buenos días, referente a esta nota de prensa: «La Policía desmantela una web que pirateaba películas de estreno en Internet»
http://www.mir.es/DGRIS/Notas_Prensa/Policia/2005/np081101.htm
Quisiera saber si piensan sacar otra nota de prensa, por supuesto, con el mismo «bombo» que la primera cuando comentaban como habían detenido y ya directamente acusaban a estas cuatro personas en referencia a que acaban de archivar su caso:
http://www.bufetalmeida.com/527/cvcdgo-pagina-de-enlaces-p2p-archivo-en-virtud-articulos-16-y-17-lssi.html
Sí, absueltos. Caso archivado. No hay ánimo de lucro, no hay delito. Libres como el viento.
Por una red libre, por la neutralidad de la red y porque los lobbies de la industria no influyan en nuestras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, les saluda atentamente: «
Yo creo que algunos se leen este blog con el ojete en vez de con los ojos.
spain is pain … ¿donde coño se cita en este texto que sea culpa de la SGAE?
Será (o no) culpa de la SGAE que aparezcan los grandes y abrasadores titulares de las redadas, detenciones, etc. pero no se da a entender que también lo sea la ausencia de grandes titulares cuando dichos casos se resuelven a favor del demandado.
Y aún, en el caso de que así fuera, lo que quedaría en entredicho sería la supuesta neutralidad periodística e informativa de este país que, entonces, presuntamente estaría dirigida por los intereses de los lobbies.
Como ha dicho Gorki, después no se de qué se extrañan cuando sus lectores cambian su medio de lectura y se pasan a los blogs. ¿Qué credibilidad tienen?
Otra cosa spain is pain … si no te crees nada de lo que se dice en este blog, ¿qué coño haces dando la tabarra por aquí?
Evidencias de este calibre … angustian..
Y yo lo que creo que es que algunos de los que escriben en este blog, como PPPerez, son unos impresentables e intolerantes.
¿Es que no sabes expresar tus ideas sin insultos y expresiones malsonantes? Para expresarte así, mejor no digas nada. Esto se supone que es un debate de ideas y no un concurso de descalificaciones. Me gustaría saber lo que opinan otros tertulianos de este tipo de lenguaje.
Y, señor Dans, ¿para que está el «libro de estilo» al pie de cada página? Porque el comentario #42 de @PPPerez incumple casi todos los puntos del mismo: «Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista». Cree que caen dentro de alguno de estos puntos las expresiones: «se lee con el ojete», «que coño haces dando la tabarra por aquí», etc.
Yo creo que no fomenta el debate la posición exaltada de algunos, y que el señor moderador debería tomar cartas en el asunto.
Respecto del tema del comentario, es obvio que los medios manipulan. En este y en todos los temas. Del mismo modo que ocurrió lo que argumenta el señor Dans, también ocurrió hace unos días que anularon la famosa multa a la SGAE por grabar en una boda. Es decir, el resultado final de este asunto es que a la sala de fiestas la multaron con 47.000 euros por usar material con derechos de autor, y a la SGAE nada. Y tampoco lo publicó casi nadie. Pero esto no vende periódicos ni aumenta las visitas a un blog.
Acabarán quedándose como gacetas dominicales para aquel que quiera la última película de la colección de turno, leer la sección naranja de economía y empleo y para de contar…
Enrique, según he leído hace días en noticias a través del Google News, una de las cosas que pretende hacer el gobierno (la ministra Ángeles González Sinde) es reformar la Ley de Propiedad Intelectual. Seguro que lo harán siguiendo las directivas del famoso «Informe 301» de Estados Unidos, en el cual se dan órdenes, literalmente, a España, de que deje de ser legal en nuestro país la copia privada sin ánimo de lucro. Y hace días también salió algo del congreso de Estados Unidos presionándonos y poniendo a España entre los 5 países más «piratas», cosa que todavía no era así en el «Informe 301».
Piensa en lo bien que quiere quedar Zapatero con la administración Obama y con John Biden para que, entre otras cosas, nos den la concesión para construir AVEs en Estados Unidos.
La opinión del gobierno y de los lobbys es que las descargas son destructoras de puestos de trabajo y de los sectores económicos de las «industrias culturales» y demás, y destruir empleo y sectores económicos está muy mal visto en tiempos de crisis. El gobierno probablemente piensa que esto les puede quitar más votos que, por ejemplo, tomar medidas restrictivas respecto a Internet.
Como siempre, se habla con poco rigor jurídico. Los hechos en este asunto se produjeron en 2003 y 2004, antes de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual donde se modifica el concepto de copia privada. Esa sentencia no aporta nada sobre lo que puede pasar actualmente, porque se refiere a una Ley posteriormente modificada. Habrá que esperar a que haya una sentencia que juzgue hechos posteriores a julio de 2006, fecha de la reforma. Mientras tanto, tanta declaración rimbombante sobre lo que es lícito o no es solo humo.
Os dejo por aquí un enlace que encontré ayer en el Twitter de Jesús Encinar @JesusEncinar:
¿Puede la SGAE entrar en mi casa?
Esto es una auténtica mafia, amigos y amigas.
Estoy totalmente de acuerdo contigo, especialmente en lo que respecta a que se trata de una evolución natural que no puede evitar con leyes ni sanciones. Es como poner puertas al monte.
Si solo fuesen estas las noticias que «falsifican» los medios de comunicacion….Faltan miles de titulares todos los días que no se publican o se publican a medias o hacen lo que les sale de los webs.
Este tipo de cosas hacen ver la falta de imparcialidad de los medios de comunicación masivos en estos temas relativos a los derechos de autor.
No es que los medios de comunicación estén manipulados por el lobby procopyright sino que más bien es que los medios son una parte importante de ese mismo lobby, ya que su negocio se basa en sus contenidos e intentan proteger su negocio impidiendo que sean copiados libremente.
Se puede hacer un paralelismo entre las discográficas y los medios, los compositores y los periodistas.
¿Cual será la opinión al respecto de los periodistas? Me refiero a los que no son a la vez empresarios, los que firman las noticias y cobran un sueldo por su autoría, bueno si es que queda alguno y no les han obligado ya a todos a hacerse autónomos.
Si y será muy gracioso cuando termine el juicio de Pablo Soto sin condena, ni nada de nada. Ninguna noticia en ninguna cadena. No como en el comienzo del juicio.
La conclusión es clara: de estos temas, no te creas NADA de lo que veas en los medios: entre lo que cuentan mal y lo que dejan de contar, la imagen que obtendrías estaría alejadísima de la realidad.
Curioso que esto lo diga alguien que es citado frecuentemente en la prensa generalista como experto y que desde hace semanas tiene una columna semanal en Expansión. Nadar y guardar la ropa, lo llaman.
http://www.publico.es/ciencias/229589/juez/archiva/caso/pagina/enlaces/p/p