Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:
- Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.
- Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.
- Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.
- Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía.
Además la normativa introducirá el concepto de «lucro indirecto», es decir: a mí me pueden cerrar el blog porque «promociono» a uno que «promociona» a otro que vincula a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos - Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.
- De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.
- Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.
La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.
La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fue aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o «ley de la patada en la puerta»). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, respaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.
Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la «Red SOStenible» una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.
En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de 100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.
En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:
- Los artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 «Demandas legales«, párrafo B. «Estímulo de la creatividad y la innovación», de la Carta);
- La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 «Demandas legales«, párrafo D, «Acceso a las infraestructuras tecnológicas», de la Carta);
- El derecho a cita y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 «Demandas legales«, párrafo A, «Derechos en un contexto digital», de la Carta);
- La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 «Demandas legales«, párrafo C, «Conocimiento común y dominio público», de la Carta);
- Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 «Demandas legales«, párrafo B, «Estímulo de la creatividad y la innovación», de la Carta).
Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERA OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.
Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).
La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y delegaciones diplomáticas.
Firmado
Red SOStenible
La Red SOStenible somos todos. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.
Me sumo a la protesta. Copio y peo en mi blog
Aquí tienes otros seguidor de la protesta. Igualmente copio y pego en mi blog. Un saludo.
Copiado y pegado. Gracias
Jo també hi estic d’acord. M’adhereixo al text.
Ya somos tres entonces.
Simplemente, te agradezco de veras lo que estás (o estáis) haciendo en favor de la cordura.
Acabo de ver tu entrevista con Vidal. Él va a lo que va, pero hacía mucho tiempo que no veía defender una causa importante con tanta competencia como lo has hecho tú.
La de molestias que se hubiera ahorrado el Gobierno si hubiera empezando por preguntar a los que saben (tanto de Internet como de leyes, porque qué penita, madre).
A ver si, con un poco de suerte, esta vez las personas que en cualquier momento empezarán a criticar esta iniciativa se leen toda la documentación que aportas en tu post (enlaces) y así hablamos todos de lo mismo, aunque sea para discrepar.
Punto 6:
«De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor.»
Declaraciones recientes de la menestra (la mesma) recogida por casi todos los medios:
«Ocurre igual todas las semanas cuando «Sanidad ordena bloquear el acceso desde España a páginas que venden medicamentos no autorizados o falsificados», sostuvo. «Y nadie se rasga las vestiduras ni se ha preocupado nunca de que Sanidad le fuese a cerrar el blog»,»
Si ya hay mecanismos de cierre eficaces y nadie protesta por dichos cierres, ¿para que montar el pitifostie que están montando?
¿Es necesario explicar esta evidente contradicción o ya somos suficientemente mayorcitos para sacar nuestras propias conclusiones?
Lo que está ocurriendo es una gran partida de ajedrez.
No hagáis como los «ajedrecistas» novatos que ven movimientos perdidos cada vez que el contrario mueve unas pocas casillas la dama, el alfil o la torre (piezas de largo recorrido) allá en la lejanía, sin que eso produzca una amenaza inmediata a ninguna de sus piezas.
Mal sabe el «ajedrecista novato» que dichos sutiles movimientos forman la parte esencial de una estrategia que pretende ir mermando su potencial hasta llegar al jaque-mate final.
Algo que afecta la vida en linea de los españoles y puede sentar un precedente para atentados contra la libertades digitales en otros países como México, Argentina, Chile y otros en latinoamerica
Ya somos dos.
Hombre, qué casualidad … las cosas que uno se encuentra por esta red de redes que pretenden domesticar.
Quien os ha visto y quien os ve :-(
Año 2002: El PSOE pedirá la retirada de la LSSI
http://elviajero.elpais.com/articulo/internet/PSOE/pedira/retirada/LSSI/elpeputec/20020227elpepunet_1/Tes
Un parrafito del mencionado artículo:
«Un segundo motivo para reclamar la retirada, según el PSOE, es que la ley introduce el «ambigüo» concepto de «autoridad competente», que es quien, según la LSSI, puede decretar el cierre cautelar de una página web. Según el PSOE, la ley no aclara si esa autoridad es administrativa o judicial. «Esta tarea, según la Constitución, corresponde a un juez», ha explicado Rubalcaba, quien ha recordado además que ya existen mecanismos para perseguir los delitos relacionados con la información.»
Ahora, seguid pensando no hay mala fe … que es porque los políticos (PSOE, PP y demás) son sólo unos pobres ignorantes en estas lides.
No decia nuestro ilustre presidente que no se iban a cerrar webs….
otra mas del mr…
Siento vergüenza del presidente que tenemos.
Me sumo. Entrada duplicada en mi blog. Juntos, podemos.
Cuando los nazis vinieron a llevarse a los comunistas,
guardé silencio,
porque yo no era comunista,
Cuando encarcelaron a los socialdemócratas,
guardé silencio,
porque yo no era socialdemócrata,
Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas,
no protesté,
porque yo no era sindicalista,
Cuando vinieron a llevarse a los judíos,
no protesté,
porque yo no era judío,
Cuando vinieron a buscarme,
no había nadie más que pudiera protestar.
(Martin Niemöller)
Gracias por vuestro esfuerzo. ¡Ánimo!
Se puede decir mas alto pero no mas claro
¡ me apunto a difundirlo !
Totalmente de acuerdo, me apunto a difundirlo
Buena exposición de la postura.
Enrique, ¿Donde se puede unir una persona a esta Red SOStenible?
FRENTE AL CANON DE AUTOR, EL CANON POR INSPIRACIÓN
O los compensamos o alguien se está aprovechando a costa de otros. Y es que hay una cosa cierta, que el autor se inspira. ¿ y en qué se inspira? Pues en lo que le rodea. Si viviese en una sociedad alienigena su inspiración muy posiblemente seria distinta a la inspiración que ofrecen las gentes y sus relaciones y dentro de esta es diferente la inspiración de un cantautor como Bob Dylan y la que pueda recoger el tal Victor Manuel. Por tanto frente al canon por derechos de autor se encuentra el canon, que no pagan, por inspiración. De donde el autor saca tema para componer.
Las pretensiones del tal Victor Manuel y el resto de los lalalala, decaen por su propio peso, pues el cantante, repito se inspira en una realidad previa a él mismo de la que se aprovecha para componer y sin embargo no paga nada a esa realidad en la que se basa. La gente escucha la canción porque precisamente habla de las cosas de la realidad que lo circunda, de su realidad y, sin embargo el cantante no solo se aprovecha sino que no paga nada a cambio. De manera que la exigencia de un canon es sencillamente un robo unilateral que se permite a cambio de que apoyen a los gobiernos de turno y en contra de los intereses de la gente. Osea, un engaño y un robo consentido legalmente por quienes ocupan el poder de un regimen reaccionario como es el español.
#17, Peter Pan, en el mundo real vuelas ??. o te has comido un tripi virtual ??.
Copiado y pegado.
Ya lo comenté ayer en mi blog, el PSOE no sabe lo que está votando, la ministra de cultura desde luego que sí (y no le mueven sus intereses /ironic>).
Han puesto un precio demasiado alto a devolverle el favor a la SGAE por «colocarla» donde está (recordemos la reunion de lobbies de la industria musical antes del nombramiento).
Parecen todos marionetas.
Enrique, el Derecho a la Propiedad intelectual SI es un Derecho fundamental, recogido en la actual Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que entró en vigor desde el pasado 1 de diciembre 2.009 con el Tratado de Lisboa. Artículo 17.2. «Derecho a la propiedad intelectual». Vigente en los 27 Estados miembros, incluido España
http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf
Un saludo,
Enrique, no has puesto ningún enlace a la «Red SOStenible». #16 «mam» ya te comenta algo al respecto.
Muy bueno #10 PPPerez.
Para no entretener en estos difíciles días, me he permitido copiarlo en mi blog http://jemarba.wordpress.com
Muchas gracias
Copiado y pegado, a seguir así. Un abrazo a todos.
Me sumo a los agradecimientos de #6, y ya he copiado el texto en mi blog.
#21 «Yolanda Alfonso»:
Te recuerdo que no existe «constitución europea» y que el intento fue un fracaso porque fue rechazada en referendum en países miembros. Por tanto tu endiosada «Carta de los Derechos Fundamentales» del Tratado de Lisboa no tiene valor constitucional, y en cambio sí lo tiene la Constitución Española, que es lo único que está vigente y que está en vigor en este país.
#10 PPPerez si es que cualquiera diría que se oponen por oponerse a la oposición. La intervención completa del señor Rubalcaba la tienes en http://www.bufetalmeida.com/563/internet-tambien-tiene-memoria-historica.html
#21 No en nuestra constitución Yolanda, pero muy bien visto. Poniéndonos tisquismiquis no sería Derecho a la propieda intelectual sino derecho a su protección ;)
hecopiado en ni blof el comentario de #10 PPPerez que me parece totalmente esclarecedor en este mometo, sobre la forma fde evolucionar el PSOE desde la oposición a cuando se hace con el poder.
#26 enjuto_mojamuto, comentarte que la «Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea» es vinculante jurídicamente según el Tratado de Lisboa teniendo el mismo valor jurídico que los tratados. Es bueno tenerlo en cuenta a la hora de dialogar. Estoy totalmente de acuerdo con el artículo y entiendo que Enrique se refiere a nuestra constitución pero viene bien tener presente el marco europeo.
Todos contra el canon
Todos contra SGAE
Todos contra Sinde
Continuo otra vez con #21 “Yolanda Alfonso”:
Muy bueno el detalle de #27 «cladev» sobre que ese «derecho» se refiere sólo a la protección y no a la propiedad intelectual en sí.
La intervención de Yolanda me recuerda a uno que hace un mes o así en este blog, para defender su concepción obsoleta de los derechos de propiedad intelectual, se elevaba hasta la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual no dice ni especifica lo que él pretendía, y además sólo tiene valor de inspiración, pero no de ley efectiva en la Constitución Española y las leyes de este país.
En fin, quienes usan estos tipos de artimañas para defender cosas obsoletas, sólo realizan intentos patéticos y delirantes de defender lo indefendible, lo insostenible y lo que ya no tiene sentido en la Era Digital…
Si, todo muy bien, pero ¿saldremos a la calle o nos quedaremos en casita como siempre?. Vaya mierda de sociedad esta en que nos la meten doblada por todos lados y no hacemos nada. Economia sumergida, corrupcion, privilegios, clase politica deleznable, malgasto publico, politica inmigratoria nula, etc… y nosotros en casita. Tenemos lo que nos merecemos, ni mas ni menos.
#26 enjuto
Efectivamente la Constitución Europea no llegó a feliz término, pero sí la proclamación de mi-nuestra «endiosada» Carta de los Derechos Fundamentales por los presidentes de las tres instituciones europeas, Parlamento, Consejo y Comisión. El Tratado de la Unión Europea lo recoge en su art.6.1 que declara: «La unión reconoce los derechos, libertades y principios enunciados en la Carta de los Derechos Fundamentales de 7 de diciembre de 2.000, tal como fue adoptada el 12 de diciembre de 2.007, la cual tendrá el mismo valor jurídico que los Tratados».
Si tienes interés puedes leer el propio Tratado de Lisboa, que reconoce la Carta de los Derechos Fundamentales con «caracter jurídicamente vinculante».
Y efectivamente es el derecho a la protección de la propiedad intelectual, gracias por aclararlo # 27 cladev. No es nuestra Constitución, pero sí nuestros Derechos.
Saludos,
Me parece imprescindible que un partido político de ámbito nacional se una a esta iniciativa y sea capaz de recoger el descontento electoral el año que viene, y el siguiente. Lo único que entienden este Gobierno y venideros, si son del PP o del PSOE, son los votos, porque es lo que les confiere el poder. Es necesaria una alternativa electoral para que cualquier iniciativa de la Red pueda tener éxito.
«Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros».
¿La «libertad de mercado» es un derecho constitucional fundamental?
Pregunto. Me parece que aquí las libertades son sólo para lo propio, nunca para lo ajeno.
Gracias Enrique.
Chapó la entrevista
http://www.youtube.com/watch?v=x-PhTRVwMuM
Un abrazo.
A los que preguntan por el enlace a Red SOStenible decirles que lo pone bien claro,La Red SOStenible somos todos.
#16 #22
Me adhiero a Red SOStenible.
Es el momento de permanecer unidos y evitar las intoxicaciones partidistas y partidarias que se nos quieren imponer desde los medios tradicionales, que bajo el lema divide y vencerás tratan de aplicarnos.
Copiado y pegado. A por cierto he puesto la conferencia que hiciste en el cibernarium del año pasado sobre lo que podria ocurrir en internet en el futuro desgraciadamente se esta cumpliendo.
http://cientual.blogspot.com/2010/01/enrique-dans-genesis-o-apocalipsis.html
Saludos.
He dejado de leerte en «…protección de consumidoras y consumidores». ¿Sabes por qué? Porque este gobierno está ahí por culpa de gente como tú con la cabeza llena de mierda PROGRE.
Habéis creado un monstruo. Ahora os jod..s. Estoy hasta los mismisimos del lenguaje políticamente correcto que empleáis. ¿A que a ti no te gusta el término «descargas ilegales»?
Sen-sa-cio-nal. Lo suscribo plenamente.
#26 enjuto y #27 cladev, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley Orgánica de ratificación por España del Tratado de Lisboa (negritas mías):
A tenor de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 10 de la Constitución española y en el apartado 8 del artículo 1 del Tratado de Lisboa, las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán también de conformidad con lo dispuesto en la Carta de los Derechos Fundamentales publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea de 14 de diciembre de 2007
Es decir, nuestra Constitución reconoce como derechos fundamentales también los que dice la Carta.
Y que el derecho consista en la protección de la propiedad intelectual es en realidad más fuerte que el derecho a la propiedad intelectual en sí.
#21 En España los derechos fundamentales son los contenidos en los art. 15 a 29 de nuestra constitución, y ninguno más. Si el derecho de autor fuera derecho fundamental, tendría que estar regulado por ley orgánica, y la LPI no lo es. Por supuesto, ningún tratado está por encima de la Constitución.
El art. 17 que mencionas se titula «derecho a la propiedad», y al final han añadido un ambiguo «se protege la propiedad intelectual», la cual ya está protegida en España desde el siglo XIX. Léete ese tratado completo, porque la «ley Sinde», viola varios de sus artículos. ¿Vamos a empezar a infringir los tratados internacionales?
Me sumo a la propuesta, copiado + pegado + bloggeado!!
Un saludo
Nice One…….
Por supuesto que me adhiero, bloggueo y difundo todo lo que pueda.
#42 Julio, muy bien visto pero al decir «los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce», ¿no se refiere a los que están en nuestra constitución? Entonces entiendo que no podríamos decir que todo lo que venga en la carta lo reconocemos como derecho constitucional. A ver si algún jurista en el hilo lo aclara :)
Altamente recomendable, y una pena que solo tenga 300 visitas.
Cesar Vidal entevista a Enrique Dans
http://www.youtube.com/watch?v=x-PhTRVwMuM
Gracias Enrique por ser nuestra voz. Animo !
#42 «Julio»:
Te metes un gol en tu propia portería. Si leemos correctamente tus «negritas»:
«las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán también de conformidad con lo dispuesto en la Carta de los Derechos Fundamentales»
Vemos que los derechos fundamentales (y libertades) de la Constitución se interpretarán también de conformidad con la Carta. Es decir, que NO SE AÑADE, NI SE QUITA, NI SE MODIFICA ningún derecho fundamental en la Constitución, sólo se pretende «interpretar también de conformidad» SÓLO LO QUE ESTÁ EN LA CONSTITUCIÓN como derechos fundamentales. No se añade ningún derecho más. Porque como dice #43 Krigan:
«Por supuesto, ningún tratado está por encima de la Constitución.»
Tranquilo Enrique, cerrarán 200 webs, nosotros abriremos 2000 más, a ver quien gana el pulso.
Un saludo.
#40 «padreeterno»:
Violas la normativa de este blog. Concretamente con este fragmento tuyo:
«por culpa de gente como tú con la cabeza llena de mierda PROGRE.»
Te recuerdo estos fragmentos de la normativa:
«Evita, por favor, las descalificaciones personales, los comentarios maleducados, los ataques directos o ridiculizaciones personales, o los calificativos insultantes de cualquier tipo, sean dirigidos al autor de la página o a cualquier otro comentarista.»
«Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados.»
No sé cómo a Enrique Dans le ha pasado inadvertido tu comentario.
Muchas gracias por tu trabajo Enrique, da gusto leer tus artículos y compartirlos.
Transcribiré a mi blog tu artículo siempre haciendo referencia al autor.
Saludos,
#47 enjuto, el artículo 18.4 de la Constitución es perfectamente interpretable para que acoja el derecho a la protección de la propiedad intelectual de acuerdo con la Carta: «La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.»
Y si te parece cogido por los pelos (a mí no me lo parece, pero yo tampoco soy un experto), date cuenta de que por ejemplo en su momento el Tribunal Constitucional apeló a la inviolabilidad del domicilio (art. 18.2) para sentenciar que el ruido atenta contra derechos fundamentales.
Otra vez #42 “Julio”:
Léete TODO lo que pone #43 Krigan. Te resultará instructivo…
Otra vez #40 “padreeterno”:
Se me olvidaba.
También has puesto:
«Ahora os jod..s. Estoy hasta los mismisimos […]»
http://otrafuncionpublica.blogspot.com/2010/01/el-gobierno-de-asturias-veta-el-acceso.html
Por supuesto que yo también me adhiero.
Es momento de plantearse salir a la calle a protestar: BASTA YA de que nos pisoteen nuestros derechos fundamentales.
#35 «A.»:
En el fragmento que reproduces de lo que ha puesto Enrique Dans pone:
» […] derechos constitucionales en los que *SE HA DE BASAR UN* estado democrático […] »
Es decir, pone » […] *SE HA DE BASAR UN* […] «,
NO » […] *SE BASA NUESTRO* […] «.
Otro que se apunta, a ver si esta vez conseguimos evitar que nos la cuelen… que no sea por quedarnos quietos….
#53 «Julio»:
Otra vez te metes goles tú mismo. En tus «negritas» pone:
«el pleno ejercicio de sus derechos.» (Entre ellos dices que podría interpretarse también el «derecho» que tú defiendes).
Pero como el «derecho» que tanto defiendes NO ES UN DERECHO FUNDAMENTAL EN LA CONSTITUCIÓN (tal y como hemos explicado yo y Krigan), NO puede pasar por encima de los que SÍ son los derechos fundamentales de los ciudadanos en la Constitución.
Y encima el ejemplo que pones apoya lo que acabo de escribir.
Que no, que no cuela; que la propiedad intelectual no cuela como derecho fundamental, por mucho que os queráis empeñar…
enjuto, en el artículo 18.4 no dice nada de que el derecho tenga que ser fundamental. Según la Carta la protección de la propiedad intelectual es un derecho y el artículo 10.2 dice que dicho derecho puede entenderse en el contexto del 18.4.
Yo no digo que la propiedad intelectual sea un derecho fundamental, solo digo que de acuerdo con las leyes actuales no está nada claro que no pueda interpretarse como tal, y que no me extrañaría que el Tribunal Constitucional termine dictando sentencia al respecto. Desde luego si a mí hace unos años me dicen que el ruido atenta contra derechos fundamentales no me lo creo ni patrás, y mira.
¿Quereis la única medida efectiva que propicie que el gobierno ceda?. Fácil. Hacer temblar la bolsa. ¿Que como se hace eso?. Fácil. Colapsando un día si y otro también las webs de las diferentes empresas que conforman el Ibex 35. ¿Que como se hace eso?. Fácil. Tecleando la misma página web unos miles de internautas un mismo día y a una mis hora.
Día 12 Enero. 17:30 de la tarde. Tumbar la página del Santander.
Día 13 Enero. 17:30 de la tarde. Tumbar la página del BBVA.
Dia 14 Enero. 17:30 de la tarde. Tumbar la página de Banco Popular.
Día 15 Enero. 17:30 de la tarde. Tumbar la página de Repsol.
Día 16 Enero. 17:30 de la tarde. Tumbar la página de Endesa.
Día 17 Enero. 17:30 de la tarde. Tumbar la página de Iberdrola.
Día 18 Enero. 17:30 de la tarde. Tumbar la página de Tecnicas Reunidas.
Así hasta 35. Y el último día colapsamos la de la Presidencia Española de la Unión Europea.
Tener por seguro que del segundo día no pasa sin rectificación
PD: Lanzo la idea y dejo vía libre para que alguien, con más difusión en la red, cree un grupo de facebook con un calendario organizado de días, horas y la empresa de cada día con el correspondiente links a su web oficial.
#61 «Julio»:
Dices:
«en el artículo 18.4 no dice nada de que el derecho tenga que ser fundamental.»
Yo no he dicho eso. He dicho que como NO es un derecho fundamental, NO puede pasar por encima de los que SÍ lo son. Y NO es un derecho fundamental porque, como tú mismo dices, el artículo 18.4 NO lo convierte en fundamental, además de por las razones que ya hemos dado yo y Krigan en otros comentarios.
Olvidais que las leyes europeas prevalecen sobre la de los Estados miembros, un detalle muy importante. Por otro lado nuestra Constitución no va en contra de la «Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea», como iba a estarlo!! Para eso estan los Tribunales Europeos.
Otro olvido importantísimo, esta Ley es la transposición de una Directiva europea, no un capricho de nuestro gobierno.
De todas formas el Partido Pirata Sueco, gran defensor de internet y la red está de acuerdo con esta Directiva, si mirais un poco más arriba quizás os deis cuenta de su origen y que estais apuntando al objetivo equivocado.
Esto lo he leído en el ABC del 8 de Enero:
«Un derecho fundamental:
Ante la inquietud generada, el ministro ha especificado que «es el juez quien va a ponderar y quien va a decidir. Los procedimientos más ágiles son los que tienen que ver con los derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la libertad de expresión, también en internet (*). Para ello hemos creado un nuevo artículo, el 122 en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En él se le dice al juez que tiene un plazo máximo de cuatro días para resolver el conflicto en lo que respecta al cierre de páginas web que afectan a la propiedad intelectual».»
Recordemos las palabras de Zapatero hace pocos días: «No se cerrará ninguna web ni ningún blog».
http://www.publico.es/ciencias/tecnologia/275279/zapatero/ratifica/cerraran/paginas/web/blogs
«Caamaño ha continuado explicando que «los cambios introducidos exigen ley y alguno de ellos Ley Orgánica. Se trata, por tanto, de una competencia de control previo que se concede a los jueces». Agilidad, eficacia y máximas garantías, por tanto, para la nueva legislación que afecta al cierre de páginas web de descargas en la Red.»
Mas arriba alguien dice que estamos en una partida de ajedrez… Pues no, ya se ve que aquí de ajedrez nada de nada: poker con tahúres del Mississipi.
(*) Esto que se lo diga el ministro a Daniel Anido y Rodolfo Irago.
Héxito tenológico del menesterio pagado con dineros públicos que no son de naide.
http://www.youtube.com/user/canalmcu
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Govierno Despaña.
Todos sabemos que quien nos gobierna quiere seguir gobernando.
¿ Por qué no les recordamos a nuestros gobernantes lo pronto que van a ser las elecciones autonómicas ?
¿ Por qué no se promueve que la blogosfera recuerde a los votantes cómo y cuándo pueden castigar lo que no les gusta ?
Internet es un generador de opinión cada vez más poderoso, y al contrario que los medios tradicionales no tiene una cabeza visible a la que amenazar o sobornar.
Recordemos a los políticos quién manda.
De tratados va la cosa. Tirando de Wikipedia:
*** El pasado ***
El TRATADO de Maastricht, en vigor desde 1993, prevé la creación de una Unión Económica y Monetaria con la introducción de una moneda única.
A su vez, se vio modificado por el TRATADO de Ámsterdam, aprobado por el Consejo de la Unión Europea en 1997 y que entró en vigor tras la preceptiva ratificación por parte de todos los Estados miembros- el 1 de mayo de 1999.
*** El presente ***
«Dinamarca, el Reino Unido y Suecia NO han adoptado la moneda única. Dinamarca rechazó el euro en un referéndum llevado a cabo el 28 de septiembre de 2000, con una participación del 86% y donde el 53,1 por ciento de los votantes se manifestaron contra la adopción del euro. El referéndum sueco del 14 de septiembre de 2003, días después del asesinato de la ministra Anna Lindh, impulsora de la adopción del euro, resultó en poco más del 56 por ciento del electorado votando en contra.»
¿Queda ahora más claro cual es el plano legal de los tratados?
Hola de nuevo…
He visto esta mañana parte de la comparecencia, he oído que se financiará la plataforma en red… Espero que cuando los números de cuenta estén operativos se difundan… para poder aportar. Gracias.
Cuanto debate europeista sobre derechos y libertades, fundamentales o no! No es un derecho fundamental – o si- , o su protección , qué más da.. ¿y? Cuando es la propia Administración la que asume -quiere asumir- su defensa, se convierte es una cuestión de interés general como otras -legalmente- aunque de fondo tod@s sabemos quienes están «detrás». Otra anotación. Durante estos últimos días, siguiendo a la prensa -mas o menos informada, más o menos especializada,con mayor o menor rigor- se ha dicho absolutamente de todo por la red, sin el menor asomo de mesura ni cautela, como si en el Gobierno, que cuenta con sus asesores, fuesen analfabetos jurídicos y fuesen a llevar estas medidas sin intervención judicial y por la vía reglamentaria. Ahora, parece que expresamente se quiere contemplar -con una fórmula que como todo gusta más, menos o nada- que intervenga el Poder Judicial, porque de afección -no de protección- de algún derecho fundamental hablamos,y ello no en una sola Ley, sino en 3, viene un nuevo manifiesto invocando todos los derechos habidos y porque «yanosemeocurrequemásvulnera». Ni la Constitución ha muerto, ni se ha disparado torpedo alguno, ni surge un estado de excepción -quien lo haya vivido podría decir algo al respecto, o de la antigua Ley de Prensa de la dictadura-, ni la Audiencia Nacional interviene SOLO en asuntos de terrorismo o narcotráfico – a alguien se le olvidó la Sala de lo Social-, ni se trata de un procedimiento «punitivo» -la LSSI tiene un bonito catálogo de sanciones, ahí sí que sí- ni tiene nada que ver con la protección penal de la propiedad intelectual. No es mi intención desmontar nada a nadie, son reflexiones en voz alta al leer estas cosas, pero me parece luchar con las mismas armas que el Gobierno: con política, y con todo lo que ello comporta, solo que el Gobierno puede aprobar normas y proponer leyes y la sociedad, no (bueno, ahí está la iniciativa legislativa popular…). Eso sí, en lo que nunca podré estar más de acuerdo es en que existen otros derechos que no gozan de tanta protección gubernamental como la propiedad intelectual, con un modelo claramente desfasado, y que son más sentidas por tod@s y no satisfechas por nadie, al menos, por quien tiene la obligación de hacerlo, y en lo que a este tema se refiere, a ver que sale, si sale algo. Saludos.
Muy buenas Enrique, Ya he aportado la entrada a mi página y estoy intentado distribuir el texto a la mayoría de sitios de gran relevancia a nivel mundial. A ver si entre todos conseguimos algo. Saludos
http://www.bajandomelo.com/post/bajndomelo/1469/a-partir-de-hoy-red-y-libertad.html
Tremendamente esclarecedor este último comentario. Juegos de la ds, el gta de psp, despedida de soltera 2… ¡viva la cultura libre!
#65 La cuestión aquí es saber porqué Zapatero dijo muy explícitamente que no se cerrarían webs y pocos días después viene Caamaño y dice, como puede leerse en tu comentario, que hay una «nueva legislación que afecta al cierre de páginas web de descargas en la Red»..
Está claro entonces que, por lo menos en lo relativo a este tema, Caamaño manda y que Zapatero solo sería una figura decorativa subordinada a otros poderes mucho menos conocidos. Zapatero desmintió primero las amenazas en este sentido de González Sinde. Pero luego Caamaño desmintió sin mas explicaciones ni justificaciones a Zapatero que, recordemos, es el presidente del gobierno. Y no sabemos la causa.
#70 Quizás no tenga sentido responder a comentarios que generan confusión, quizás sin pretenderlo, como este pero recordemos lo siguiente: * De La Audiencia Nacional, De lo Social, «que conocerá de los procesos especiales de impugnación de convenios colectivos cuyo ámbito territorial de aplicación sea superior al territorio de una Comunidad Autónoma, así como sobre procesos sobre conflictos colectivos cuya resolución vaya a surtir efecto fuera de una Comunidad Autónoma. Dentro de la Audiencia Nacional se integran los archiconocidos Juzgados Centrales de Instrucción, que se encargan de la instrucción de aquellas causas que posteriormente debe enjuiciar la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y los Juzgados Centrales de lo Penal.»
Coincido con lo ya expuesto, y con lo que dice 008, que viene bien explicado en http://www.p-es.org/index.php?option=com_content&task=view&id=5465&Itemid=90
Pero mal de muchos… ¿no somos tontos! ¿o se creen eso nuestros políticos? ¿nos toman por bobos?
Copiado y publicado en el blog. Saludos desde Catalunya.
#64 «Yolanda»:
¿Tú te has leído bien lo que pone #43 Krigan?
Te reproduzco el 2º párrafo:
«El art. 17 que mencionas se titula “derecho a la propiedad”, y al final han añadido un ambiguo “se protege la propiedad intelectual”, la cual ya está protegida en España desde el siglo XIX. Léete ese tratado completo, porque la “ley Sinde”, viola varios de sus artículos. ¿Vamos a empezar a infringir los tratados internacionales?»
Y como digo en mi comentario #49, en nuestra ratificación del Tratado de Lisboa, «NO SE AÑADE, NI SE QUITA, NI SE MODIFICA ningún derecho fundamental en la Constitución, sólo se pretende “interpretar también de conformidad” SÓLO LO QUE ESTÁ EN LA CONSTITUCIÓN como derechos fundamentales.» No se añade ningún *DERECHO FUNDAMENTAL* más.
Te repito que es un tratado internacional, no una constitución. Y que además, tal como hemos dejado claro, que algo tenga un ámbito que englobe a España entre otros países (Unión Europea, ONU, leyes internacionales, Derechos Humanos, etc.) NO lo convierte en un *DERECHO FUNDAMENTAL* en la Constitución en nuestro país, y por tanto NO puede pasar por encima de los que SÍ son derechos fundamentales en la Constitución en nuestro país.
#73 Hasselblad-500-ELs, hombre, nada más lejos de mi intención tratar de inducir a confusión, sino todo lo contrario. Discrepo, además, de lo que añades. Es absolutamente demagógico pretender soliviantar a la gente al decir que se mezcla a los afectados con terroristas y narcotraficantes porque se atribuye a la Audiencia Nacional -realmente es a los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, pero que para lo que comento da igual- la competencia de autorización de ejecución de medidas contra prestadores de servicios de la sociedad de la información, «olvidando» a qué orden jurisdiccional (Sala) se atribuye. La AN tiene 3 Salas correspondientes a otros tantos órdenes jurisdiccionales, y otra de apelaciones, no solo una Sala de lo Penal, que en nada interviene en esta cuestión a la vista de la DF 1ª -ni, dicho sea de paso, los Juzgados Centrales que citas-, y semejante «olvido» solo obedece a una de estas 2 razones: o al desconocimiento -que no me lo creo- o a practicar demagogia. Por esa misma razón, esto es, la de corresponder a la Audiencia Nacional olvidando a que órden jurisdiccional, también se estaría mezclando con terroristas y narcotraficantes a trabajadores, sindicatos y empresarios en materia de conflictos y convenios colectivos -como has copiado y pegado de algún sitio-, así como a los ciudadanos y Administraciones que ventilan sus litigios en la Sala de lo Contencioso, como por ejemplo en esa materia que nos gusta tanto que es la protección de datos de carácter personal, que también va a la Audiencia Nacional (Sala de lo Contencioso), etcétera. Lo que has copiado y pegado de algún medio de prensa -pues lo parece-, desconoce a todas luces la LOPJ, puesto que los Juzgados Centrales de Instrucción y Centrales de lo Penal no se «integran» en la Audiencia Nacional: ésta, la Audiencia, se integra por 4 Salas, de 3 órdenes jurisdiccionales y una de apelación, no por Juzgados. Sin acritud, pero es que intento practicar un ejercicio de crítica a todo aquello que se me presenta como verdad absoluta. Un saludo.
Copiado y publicado, muchas gracias Enrique.
No pararemos hasta lograr la libertad.
Escribes: «Es absolutamente demagógico pretender soliviantar a la gente…»
Y mas adelante: «La AN tiene 3 Salas correspondientes a otros tantos órdenes jurisdiccionales, y otra de apelaciones, no solo una Sala de lo Penal, que en nada interviene en esta cuestión a la vista de la DF 1ª -ni, dicho sea de paso, los Juzgados Centrales que citas-, y semejante “olvido” solo obedece a una de estas 2 razones: o al desconocimiento -que no me lo creo- o a practicar demagogia.»
Entiendo que aquí la pregunta no es porque no se puede dejar este tema en manos de la Audiencia Nacional sino la contraria; ¿porqué debe ser la Audiencia Nacional la encargada de estas cuestiones? (lo pregunto humildemente, sin demagogia y sin ánimo de soliviantar a las masas).
¿Y que piensas tu acerca del comentario nº65? González Sinde dice que cerrarán webs, Zapatero le desmiente categóricamente. Y luego Caamaño desmiente a Zapatero. ¿Es demagógico?
¿Y has leído el artículo: «COMENTARIOS AL TEXTO MODIFICADO DE LA LES»
Despliegue de medidas antiterroristas para salvaguardar un mercado obsoleto?
http://www.internautas.org/html/5936.html
¿Te parece demagógico?
La cita que he incluído antes y a la que te refieres, que si he «copiado y pegado» (por no teclear todo el texto) la he tomado de aquí:
http://iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=14010000#14010300000000
Como los 10 mandamientos, que se resumen en uno:
A partir de hoy, Red y Libertad
Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por el siguiente motivo único:
En un estado declarado democrático es completamente inadmisible que su gobierno efectúe diferentes apaños legales para que una misma ENTIDAD PRIVADA -la cual también es parte en todo este asunto- pueda desempeñar labores policiales, ministeriales y judiciales en perjuicio de los más importantes derechos fundamentales contemplados en nuestra Constitución.
Me uno a la campaña. Posteado en mi blog.
#58: ah, y porque E. Dans diga que un Estado democrático «se ha de basar» en lo que él dice que se haya de basar, ¿yo tengo que decir «sí, bwana»? Vivimos en un Estado de derecho donde existen, al menos sobre el papel, suficientes mecanismos para realizar una defensa de los derechos por vías pacíficas y democráticas. Pero no intenten hacernos colar su ideario neoliberal que privatiza lo propio y socializa lo ajeno como una «defensa de la cultura», porque no cuela.
#64 Por Dios, Yolanda, todo tu mensaje es un cúmulo de afirmaciones falsas.
– Las leyes europeas no prevalecen sobre las españolas por la sencilla razón de que no existen las leyes europeas. Lo que hay en Europa son directivas, no leyes. Y no, las directivas europeas tampoco están por encima de la Constitución. Ni siquiera tienen valor legal en España hasta que el parlamento español las transpone (aprueba una ley que refleje el contenido de la directiva). Con los tratados pasa lo mismo, no tienen valor legal en España hasta que el parlamento español los aprueba como ley.
– Esta ley (supongo que te refieres a la «ley Sinde») NO es una transposición de ninguna directiva europea.
– El Partido Pirata sueco no está a favor de la «ley Sinde» ni borracho. El Partido Pirata sueco votó a favor del llamado Paquete Telecom, el cual no tiene nada que ver con la «ley Sinde». De hecho, la «ley Sinde» viola en varios puntos el art. 1.3a del Paquete Telecom, el cual reproduzco a continuación:
“3a. Measures taken by Member States regarding end-users’ access to or use of services and applications through electronic communications networks shall respect the fundamental rights and freedoms of natural persons, as guaranteed by the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms and general principles of Community law.
Any of these measures regarding end-user’s access to or use of services and applications through electronic communications networks liable to restrict those fundamental rights or freedoms may only be imposed if they are appropriate, proportionate and necessary within a democratic society, and their implementation shall be subject to adequate procedural safeguards in conformity with the European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms and with general principles of Community law, including effective judicial protection and due process.
Accordingly, these measures may only be taken with due respect for the principle of presumption of innocence and the right to privacy. A prior, fair and impartial procedure shall be guaranteed, including the right to be heard of the person or persons concerned, subject to the need for appropriate conditions and procedural arrangements in duly substantiated cases of urgency in conformity with European Convention for the Protection of Human Rights and Fundamental Freedoms. The right to an effective and timely judicial review shall be guaranteed.”
Decir, como pretendéis el gobierno y tú, que votar a favor de esto es como estar de acuerdo con la «ley Sinde» es, como poco, un ejercicio de fantasía interesada. Entre otras cosas, el Paquete Telecom afirma muy claramente que se debe *garantizar* un procedimiento *previo* que sea *imparcial* y *justo*. ¿En qué parte de la «ley Sinde» se garantiza esto?
No dice quién compondrá la SS (adiós a la garantía de imparcialidad) y sí dice muy claramente que el juez estará atado de pies y manos, pudiendo considerar únicamente si se ven afectados los derechos contenidos en el art. 20 CE (adiós a la garantía de un procedimiento justo, resulta posible violar cualquier derecho constitucional que no esté en el art. 20 CE ¡y el juez ha de hacer la vista gorda!).
Me pregunto si se está ganando algo con esta batalla de los derechos de internet. Es decir. Se está llegando a la sociedad con un mensaje claro para que tome partido, se está llegando a los gobernantes para que tomen conciencia y sobre todo se está mellando el muro de los oligarcas de la «cultura».
Me pregunto si no se está alimentando los planteamientos dentro del mismo grupo y creando una espejismo. Vamos que son argumentos endógmaos que sólo leen los internautas activistas y se los creen.
Estoy en contra de esta disposición final de la ley, y de acuerdo con el contenido del manifiesto, pero hay una cosa que no me gusta.
Al final, donde dice «La Red tiene previsto reunirse con representantes…» Creo que debería decir «Red SOStenible tiene previsto…», ya que «LA RED» es mucho más que el colectivo «Red SOStenible». Incluso la SGAE es parte de la Red (les guste o no)
No creo que «LA RED» se vaya a reunir con nadie. Y pensar que Red SOStenible representa a toda La Red es muy pretencioso.
#84 «20 minutos» es el periódico de mayor tirada de España, y ayer dedicaba al tema un reportaje de una página en el cual aparecían opiniones muy críticas con respecto a la nueva ley. Periódicos y telediarios de diversas cadenas han estado sacando reportajes sobre el tema. Repercusión mediática sí que está teniendo.
Asimismo, la «ley Sinde» ha tenido añadidos que no hubiera tenido de no haber protestas. Ahora parte de la reforma se aprobará como ley orgánica, lo cual requiere mayoría absoluta en el Congreso y forzará al gobierno a pactar con alguien. Además, ahora se requiere autorización judicial previa. Al juez se le ata de pies y manos ordenándole considerar sólo posibles conflictos con el art. 20 CE, pero es que antes no había ni eso. Lo del ánimo de lucro o pretensión de dañar también es una garantía, aunque por su pésimo redactado no lo parezca.
No se ganó Zamora en una hora, la «ley Sinde» va a requerir de más de medio año para su aprobación, y a cada paso del largo proceso veremos que se le hacen más añadidos. Personalmente no creo que vayamos a conseguir que se retire por completo, pero es que la industria de contenidos tampoco está consiguiendo que se apruebe como ellos querían. Como pasa siempre, cuanta más fuerza hagamos más conseguiremos.
Cuando todo haya acabado, ¿quién habrá ganado esta batalla? Si en el redactado final (después de que el TC haya hablado) al juez se le permite entrar en el fondo del asunto (si ha habido violación de derechos de autor) habremos ganado nosotros, si no es así habrán ganado ellos. Desde el principio el objetivo de Sinde y sus amigos ha sido eliminar a los molestos jueces, los cuales dictan sentencias y autos contrarios al gusto de la SGAE, precisamente porque la ley no dice lo que dice la SGAE.
El que se crea que esto es llegar y besar el santo está muy equivocado. La lucha será larga y será dura, pero no me cabe la menor duda de que la vamos a ganar.
Los políticos creen que pueden darle a uno gato por liebre y que los ciudadanos quedarán pasivos ante tal situación y con el tiempo los movimientos de los ciudadanos se irán calmando.
Me da gusto que usted no se calme Sr. Dans.
A mi esta situación no me afecta, puesto que vivo en México (aunque por acá igual andan haciendo de las suyas las sociedades de gestión de derechos de autor), pero me alegra que usted sea de aquellos que no toma el atole que el gobierno quiere darle con el dedo a la ciudadanía española.
#82 «A.»:
Dices:
«¿yo tengo que decir “sí, bwana”?»
No, no. Yo no he dicho eso. Sólo te puntualizaba y te precisaba lo que realmente había escrito Enrique Dans. Las cuestiones legales y éticas sobre los mercados, competencia, consumidores, trabajadores, autores, ciudadanos, etc., se pueden y se DEBEN debatir todo lo que quieras y más. Por supuesto.
Pero te diré una cosa. Tú qué prefieres: ¿Que haya libertad y competencia real en el mercado o que haya un monopolio obsoleto, parásito, injusto y abusivo de unos OLIGARCAS déspotas, caraduras e impresentables, que además obstaculizan e interfieren en su propio beneficio en el desarrollo y progreso natural de la tecnología, de los mercados y de las LEYES?
No es solamente una cuestión tan sencilla como «ideología neoliberal» o no. Es una cuestión mucho más profunda.
Otra vez #82 «A.»:
Se me olvidaba.
Si piensas en ese monopolio obsoleto y parásito, y en sus oligarcas: ¿Quienes son aquí los que «privatizan lo propio y socializan lo ajeno», como dices tú?
#82: A. ¿Tu afirmas que Dans defiende un «ideario neoliberal» que socializa lo ajeno y privatiza lo propio? ¿O te refieres a Gonzalez Sinde, Caamaño y Zapatero? ¿Que es lo que para ti no cuela?
Si la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos constituída por SGAE EGEDA, Promusicae, FAP, ADIVAN y ADICAN exige al gobierno que haga una ley express solo para ellos y que no pase por los jueces de la justicia ordinaria sino por los de la de la Audiencia Nacional tenemos que decir “sí, bwana”?
Vivimos en un Estado de derecho donde existen, al menos sobre el papel, suficientes mecanismos para realizar una defensa de los derechos por vías pacíficas y democráticas y sin necesidad de inventarse trolas. Ni tampoco leyes a la medida de cada lobby con capacidad de presión.
#79 Hasselblad-500-ELs, no te soliviantes ;), aunque te creas todo lo que veas por la red. 1º.-La pregunta no es la que tu dices, sino si lo que aparece en el «Manifiesto» es verdad cuando dice «procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.» Al decir esto, deliberadamente se quiere crear un estado de opinión en la comunidad para que esta se sienta tratada como si se dedicase al tráfico de drogas o a actividades terroristas por descargar contenidos de la red, sumando así adhesiones a una postura determinada -la del Manifiesto-. A ello señalé que a la Audiencia Nacional van muchos temas ante otras Jurisdicciones, y eso SE CALLA, y se calla DELIBERADAMENTE. 2.- En cuanto a lo que afirman los políticos, Gobierno y demás, sinceramente, en mi opinión, lo mismo les da arre que so, un blog que la web bajatetodaslaspelisquequierasgratis.com (que ni se si existe), no saben, no comprenden, buscan lo que buscan, proteger un modelo de propiedad intelectual que no ha sabido adaptarse a las nuevas tecnologías ni a la globalización digital. 3.- Respecto de la Asociación de Internautas, su labor es encomiable, pero no es el sumo sacerdote: hace su «papel». Recientemente afirmaba que la Constitución había muerto, y la presentación de su web mostraba una esquela recordándolo a todo el mundo, por todo aquello de la ausencia de intervención judicial, etc. En cuanto al artículo que me citas, y respondo a tu pregunta, no me parece demagógico, es bastante técnico -corrijo un poquito, destaca en negrita un inciso que dice «impedirá a los Jueces y Tribunales conocer de la misma», cuando se refiere a la Sección 1ª de la CPI, que se dedica a arbitrar, no a decidir el cierre de webs, y cuando algo está sometido a arbitraje, no se puede acudir a Tribunales hasta que el arbitraje se resuelva, porque para eso se someten las partes al mismo en vez de acudir a juicio; otra cosa es que ese artículo lo comparta, pero no es lugar éste el apropiado, aunque pienso que hay conceptos que no se tienen claros, cuando deberían estarlo, porque el Juez de lo Contencioso no ordena cerrar nada, como indica el artículo, sino que autoriza la ejecución de la decisión de la Comisión de que se cierre, ya que la Ley exige intervención judicial. 4.- Indicarme -amablemente- la web de donde copiaste y pegaste lo de los Juzgados Centrales «integrados» en la Audiencia Nacional no refuerza en absoluto tu mensaje, ni el «Manifiesto» en esta cuestión. Ambos errais, la web y tu, con semejante afirmación, la web, seguramente, por no querer incurrir en tecnicismos que dificulten el mensaje que quiere transmitir. Pero no es eso lo que la Ley dice. A esos efectos, mejor la wikipedia, que es técnicamente correcta -en mi opinión-, pero mejor aún la LOPJ, si te manejas en este campo, como fuente fidedigna. El copypaste no vale para todo -afortunadamente, añado, pues no me gustaría enterarme de que mi médico usa google para buscar diagnósticos para sus pacientes-. Solo espero que no te ofendas, pero el debate es sano, aporta ideas a tod@s y nos permite corregir creencias u opiniones cuando su fundamento no es tan absoluto como puede parecer si solo se escucha a una única voz. Sinceramente, disculpas por la extensión.
Añadido en mi blog.
Gracias por la labor que estáis haciendo.
#86 Krigan … dices:
«…Desde el principio el objetivo de Sinde y sus amigos ha sido eliminar a los molestos jueces …»
No sé cual es el objetivo de la Sinde (ni creo que tenga un objetivo propio) pero, el objetivo de la SGAE -pienso- es exactamente el que le da inicialmente esta reforma:
constituirse en un ente ministerial con poderes policiales y judiciales exclusivos.
Es decir, desde un ministerio, puede buscar policialmente las pruebas que quieran (incluso exigir datos privados a los ISPs) y, luego, dictaminar sentencias de culpabilidad y ejecutar sanciones como si fueran jueces (para más inri, jueces y parte !!!) … y lo más curioso, con todo a cargo del estado y saltándose derechos constitucionales de vital importancia … alucinante !!!
Pero el objetivo no se queda ahí, en el cierre de esas supuestas 100-200 páginas que albergan contenidos con copyright … pasada esa etapa -sigo sospechando-, con cualquier excusa (ya me sé unas cuantas), se irá a la caza del personal que comparta contenidos «sospechosos» de forma privada y por cualquier medio (no solo P2P) porque ya tendrán el acceso libre a los bancos de datos de los ISPs para poder saber las IPs, los nombres y apellidos, el DNI, la dirección … y hasta el color de sus calzoncillos porque, me imagino, al ser una especie de «ente ministerial» también se les permitirá acceso oficial a determinados bancos de datos policiales y de Hacienda.
Tan poderosa información privada sobre la ciudadanía en manos de una empresa privada que se dedica (oficialmente) a gestionar derechos de autor … es de locos !!!
En fin, que creo que no hay que negociar absolutamente nada en un desaguisado de tan descomunal calibre … ni incluyendo a los jueces en el equipo ni excluyéndolos.
Este atropello no tiene nada que ver con las leyes de economía sostenible así que, simplemente, BORRENLA de ese anteproyecto !!!!
El wiki de RedSOS no deja registrarse, solo entrar, asi pocos adeptos se haran
Uno más. Posteado en mi blog.
No nos podrán cerrar.
#91 Reposicion, gracias por tu respuesta. Sin soliviantarme (y espero que tu tampoco) te reitero las dos preguntas de mi comentario anterior que quedan en todo o en parte sin respuesta:
1) «Entiendo que aquí la pregunta no es porque no se puede dejar este tema en manos de la Audiencia Nacional sino la contraria; ¿porqué debe ser la Audiencia Nacional la encargada de estas cuestiones?»
2) «¿Y que piensas tu acerca del comentario nº65? González Sinde dice que cerrarán webs, Zapatero le desmiente categóricamente. Y luego Caamaño desmiente a Zapatero.»
Sobre la descalificación que haces no ya de las personas sino de la inteligencia de las personas (que evidentemente no es lo mismo) cuando dices: «aunque te creas todo lo que veas por la red» (se que lo dices con ánimo constructivo y desde tu creencia acerca de la ingenuidad de los internautas).
1º.-La pregunta no es la que tu dices, sino si lo que aparece en el “Manifiesto” es verdad cuando dice “procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.” te remito a mi primera pregunta que, repito, has dejado sin respuesta.
Y sobre la interpretación de las «intenciones ocultas» que, según tu habría en el Manifiesto para engañar a la gente solo puedo decirte que te fíes un poco, hombre, que tengas fe en los internautas que son en general buena gente (esa es mi subjetiva sensación).
Tu opinión acerca de lo que son los políticos en general me parece descriptiva pero supongo que también existirán excepciones. Lo que pienso es que a la mayoría les falta quizás perspectiva para comprender las implicancias que tendrá en el futuro esta aberración jurídico-institucional (así la entiendo).
En cuanto a que la Asociación de Internautas ha quizás dramatizado demasiado al dar por muerta la Constitución Española puede ser, pero me parece un tema sin importancia, algo anecdótico y que no le descalifica en absoluto sino que evidencia su enorme preocupación que es la de muchos ciudadanos.
Sobre el artículo te agradezco que lo hayas leído así como tu puntualización: «destaca en negrita un inciso que dice “impedirá a los Jueces y Tribunales conocer de la misma”, cuando se refiere a la Sección 1ª de la CPI, que se dedica a arbitrar, no a decidir el cierre de webs, y cuando algo está sometido a arbitraje, no se puede acudir a Tribunales hasta que el arbitraje se resuelva, porque para eso se someten las partes al mismo en vez de acudir a juicio; otra cosa es que ese artículo lo comparta, pero no es lugar éste el apropiado, aunque pienso que hay conceptos que no se tienen claros, cuando deberían estarlo, porque el Juez de lo Contencioso no ordena cerrar nada, como indica el artículo, sino que autoriza la ejecución de la decisión de la Comisión de que se cierre, ya que la Ley exige intervención judicial.»
Estoy persuadido de que al autor de este Blog no le molestaría sino mas bien lo contrario quizás si tu explicaras porqué no compartes ese artículo. A primera vista creo que lo que se discute es la necesidad de ese «arbitraje artificial» al que se obliga a someterse a las partes por parte de una Comisión Especial del Ministerio de Cultura y que prescinde de un «juez de verdad» para luego pasar por la Audiencia Nacional. En fin: un «proceso express sin garantías» y en el que señalan, ponderan y evalúan aquellos que no deberían (poner al zorro a cuidar a las gallinas). Y solo después los jueces de la Audiencia Nacional para dar el visto bueno y «garantizar» que Cultura no haga una barbaridad.
Sobre el enlace no lo he puesto aquí para «reforzar mi mensaje» sino solo para indicarte de donde lo había tomado siendo que te referiste a un «copiado y pegado» (que me aclaras ahora que no vale para todo). Pero si crees que lo he hecho por eso no tengo nada que decir pues eres libre de creer en las demagógicas intenciones que podemos tener quienes participamos aquí.
Desde mi punto de vista lo que dices sobre Google menospreciándolo es un error de concepto. Google es una extraordinaria instrumento profesional. Por ejemplo para los médicos. Y también para los pacientes, que hoy llegan en no pocas ocasiones con el diagnóstico «casi hecho» gracias al gran buscador. Pero es cierto que para que Google sea útil hay que saber usarlo y hacerlo con la mayor seriedad (sobre todo en esos casos en los que está en juego la salud).
Sintetizando (y perdón por la extensión) mi sensación subjetiva es que tu eres un experto jurista que podría aclarar lo que está pasando con esta ley, con la que en general estás de acuerdo, pero no lo haces por entender que no es este el «lugar adecuado» (si lo has publicado online en algún sitio por favor pon aquí el enlace pues será muy interesante leerte). Además, consideras que los internautas no saben de lo que hablan pero hacen demagogia para soliviantar a la gente.
De cualquier forma, reconozco que a mi hay aspectos de esta ley que me gustan bastante como por ejemplo el nuevo concepto de «justicia express en cuatro días» (para algún sector o lobbies privilegiados pero por algo hay que empezar). Y el hecho de que se recurra a la Audiencia Nacional pues en España este organismo judicial siempre ha estado de moda y a la sociedad no le suena nada mal.
«La Audiencia Nacional fue creada por Real Decreto-Ley el 4 de enero de 1977, el mismo día que se suprimía el Tribunal de Orden Público de la Dictadura. Esto ha llevado a algunos autores a considerar a la Audiencia Nacional como sucesora del TOP, hecho que ha sido negado por otros autores usando dos argumentos fundamentalmente: la independencia de la Audiencia Nacional del ejecutivo y su competencia sólo en casos de terrorismo, no en nada relacionado con el ejercicio de derechos fundamentales…»
http://es.wikipedia.org/wiki/Audiencia_Nacional_de_Espa%C3%B1a
Y vuelvo a pedir disculpas por la extensión.
#96 Hasselblad-500-ELs, en absoluto me solivianto, de hecho cuando te lo decía y añadía lo de creerte todo lo que hay en la red añadi un ;) deliberadamente. Con todo este asunto, y ya termino -terminamos- en este hilo que alargamos demasiado, mi opinión es que siendo justa la causa -que comparto-, el planteamiento se «sale de madre». Siempre que he intervenido aquí o en otros blogs he tratado no de desligitimizar la campaña -que repito, comparto pues me afecta como internauta- como de echarle unos vasos de agua fría para templar la cuestión, objetivizarla en definitiva (hoy,por ejemplo en el blog de David Bravo a quien sigo desde hace mucho, en http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/010313.html#758812 ). Al final, es política también lo que se hace desde ambas partes y me consta que hay gente muy profesional y en distintos ámbitos pero que desde el punto de vista técnico exageran.Y si, la Audiencia Nacional tuvo ese origen, pero no me parece nada acertado a estas alturas dar la idea de que es heredera del régimen franquista, y que con ello, la política del Ministerio de Cultura, también. Pero a parte de eso, si quieres mi opinión, preferiría que fuesen los Juzgados de lo Contencioso provinciales los que dirimiesen estos temas, por fuero «natural» y proximidad, pero es dificil al ser la Comisión de marras un órgano a nivel estatal, para que me entiendas, como ocurre con otros órganos y entidades -salvando con mucho las distancias, como ocurre con la Agencia de Protección de Datos-. Hace un rato he leido por encima un análisis del anteproyecto de la ley que coincide con muchas de las cosas que he dicho en varios sitios, y que has tenido ocasión de leer aquí. Es recomendable su lectura porque sin apasionamiento, analiza el texto técnicamente. Otra cosa es que se comparta, o que incluso cometa errores ( http://derechoenred.com/blog/todo-sobre-la-ley-de-economia-sostenible/analisis-juridico-de-la-ley-de-economia-sostenible ). Tampoco considero que los internautas sean ignorantes -es descabellado pensarlo a nada que se navegue!- ni era mi intención sugerirlo, aunque, y hablo por mi, con las cosas que se ven suelo pensar que «cada día se menos de Derecho», aunque me consideres un gran jurista, consideración que te agradezco sinceramente. También uso Google y Wikipedia, claro, hasta en el trabajo. Un placer, y ya nos encontraremos. PD.- En el blog que más o menos mantengo no hago un análisis en profundidad de estos temas, ya que es en blogs ajenos donde vuelco más mis opiniones, pero igual alguna cosa es interesante. Pero eso es algo que yo no puedo decirlo.-
Yo, paranoico como siempre.
Posteo una copia de mis intentos fallidos de publicar mis comentarios en el blog de Ana Pastor en RTVE.
1º intento:
Hola Ana.
Te vi hoy en “Los Desayunos”. ¿Qué pasó, te dejaron volver? ¡Bien, te echaba de menos!
Ese Bono, con su demagógica retórica, le da más vueltas que un trompo, y nunca contesta a las preguntas. Bono, como muchos otros, no está acostumbrado a que le “encierren”.
Aunque sé que a muchos mi comentario le parecerá radical y políticamente incorrecto, quiero decir abiertamente que critico sin distinciones todas las televisiones españolas, incluida RTVE, por ser como mínimo, muy “Light”. En todas ellas se juega al despiste, “desenfocando” las cuestiones fundamentales. Como si en este momento de desastre mundial, lo más importante fuese la nueva candidatura del PSOE o el último partido del Real Madrid- Barça. Se cuenta poco o nada de lo que realmente ocurre en el mundo. Se da una única, malintencionada visión de las cosas. ¿Soy a caso el único que piensa así, y por qué no se cuenta nada de la otra versión de lo que está ocurriendo en Siria? : http://www.telesurtv.net/secciones/noticias/buscar.php
Creo firmemente que lo que sigue es muy serio y extremadamente importante:
La cosa se está poniendo muy fea y en todas partes hay revueltas. Hoy le toca a Londres. (Tampoco se cuenta: http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=MP-td3C55Yc http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=lmbltyJnMU4#!) Y lo siento mucho por el pobre trabajador muerto; otra victima más de de este injusto sistema. Pero, ¡POR FIN EL SISTEMA ESTÁ EXPLOTANDO! Así podemos empezar de nuevo.
¿Les suena de algo “ILLUMINATI”?
Aquí unos enlaces: (El tercer enlace es de un libro muy descargado en Internet. “LA DANZA FINAL DE KALI”. El libro es una “JOYA “informativa sobre el nuevo orden mundial (NWO); Si les interesa, y debería, tengan paciencia, no se salten la introducción, que es fundamental para entender el planteamiento del libro).
http://loqueignoras.com/foro/los-mas-importantes!/las-organizaciones-de-la-elite-que-gobierna-el-mundo/
Después de leerlo, tecleen esto en la barra de dirección del navegador: http://www.itanimulli.com (www.illuminati.com al revés) y verán lo que aparece…
http://vimeo.com/27026142 (Video muy largo y subtitulado, pero vale la pena verlo completo).
http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=la%20danza%20final%20de%20kali&source=web&cd=3&sqi=2&ved=0CCsQFjAC&url=http%3A%2F%2Fproyectohumanidadlibre.org%2Fpage3.php&ei=097lTuCROYGohAeY-qjOAQ&usg=AFQjCNGbW05q3qL4HGU3q6NcH_5-q_GorA&cad=rja (Libro)
Desafortunadamente esto no es conspiroparanoia, ni ciencia ficción, sino cruda realidad.
Si les parece bien, difundan la noticia.
Bueno, espero que estén bien, yo estoy rabioso.
Un gran abrazo. Alberto
2º intento:
“¿Por que no puedo enviar mi comentario? ¿Por que no puedo enviar mi comentario? Espero que no sea otra forma de censura.
Espero que no sea otra forma de censura.”
En este caso se me dice que: : We are sorry, we cannot acept this data.
Normalmente en este blog se pueden enviar comentario sin problemas.